Si hay una prueba superlativa en el juicio por el crimen de Nora Dalmasso, ocurrido en la madrugada del sábado 25 de noviembre de 2005, es la autopsia psicológica. En este trabajo, donde se analiza la personalidad de la víctima, sus relaciones, sus conflictos y la interacción con otras evidencias, se apoyó, en buena medida, el fiscal Luis Pizarro para acusar a Marcelo Macarrón como instigador y organizador del hecho. El informe, que fue leído ayer, expresa que “(…) respecto a la posible motivación del hecho y considerando la evidencia física detallada en el análisis de la escena del crimen, podemos inferir que predominó un móvil personal (problema o conflicto de intereses entre víctima y victimario) sobre el sexual (…)”. Esa diferencia, para el fiscal, fue la posible ruptura matrimonial.
Explica el trabajo, supervisado por la autora del método (MAPI), Teresita García Pérez, bajo el título “Perfil del autor desconocido”, que “(…) el/los victimario/s podría/n pertenecer al entorno personal de la víctima y/o a otro entorno allegado, en tanto que para cometer el hecho fue necesario conocer los factores de vulnerabilidad de la misma”.
Precisa que “el perfil de posible autor/es pertenecientes al entorno personal de la víctima, se potenciaría si tenemos en cuenta la conducta de/l autor/es en la fase posterior al homicidio, en los siguientes puntos: 1) No se sustrajeron elementos de valor, salvo un teléfono celular corporativo de la víctima del que el autor podría pensar que lo incriminaría; 2) La probabilidad de que se hubiera leído el celular marca Motorola de la Víctima –no sustraído- pasada la fase del homicidio en el interior de la misma vivienda; 3) No se pueden descartar otras acciones posteriores a la fase del homicidio, como el ordenamiento de la escena del crimen (…)”.
Dicho de otro modo, no hay evidencia de un agresor desconocido o de otros ámbitos de actuación de Nora. Por eso, Pizarro apunta en la requisitoria: “El motivo del crimen que aquí se investiga es de índole personal, con preeminencia sobre cualquier otro –desvirtuándose situaciones de riesgo en el ámbito laboral, y de las relaciones extramatrimoniales de la víctima-, y que el victimario es del entorno personal de la víctima”.
La pericia define que Dalmasso era “una mujer de carácter agresivo, de baja autoestima, con escasa tolerancia a la frustración, compulsión, impulsividad, rigidez moral y conducta reactiva a las propuestas o agresiones de terceros”.
También dice que “las variables que se observaron en el funcionamiento de los distintos subsistemas de la dinámica familiar, revestirían características disfuncionales: 1) Bloqueo en los canales de comunicación conyugal y vínculos ambivalentes que se observa en la ausencia de correlato emocional; (…) 2) Esta disfunción se transfirió a la dinámica del subsistema parento-filial (familiar); (…) 3) Esta comunicación intrafamiliar deficitaria está presente (…) en la génesis de cierto nivel de vulnerabilidad personal y grupal. Haciéndolos más permeables a las influencias externas”.
A partir de este punto, el fiscal Pizarro concluyó sobre “(la) existencia de relaciones disfuncionales en el seno familiar de la víctima, al que puertas afuera “caracterizaban” como sin conflictos e ideal”.
Por otra parte, sobre las áreas de conflicto de la víctima, el trabajo ubica dos: uno con su propia persona y el otro con el vínculo amoroso con su esposo, pues “(…) evidentemente se trataba de una relación de conveniencia, en la cual ella representaba un papel para la sociedad, pero que nada llenaba sus expectativas amorosas y la impulsaba a buscar relaciones extramaritales. Este vínculo era insatisfactorio y además porque su esposo tenía una percepción minimizada de su figura (…)”.
“Del análisis efectuado –concluye el fiscal Pizarro en la requisitoria, apoyándose en la pericia psicológica-, se puede colegir que no habiendo otro motivo de conflicto en la vida de la víctima, más allá del que tenía con su relación de pareja cobra relevancia y predominio, el único móvil / motivo que podría dar lugar a un hecho como el sucedido, además capaz de sacudir el equilibrio frágil que reinaba en el grupo familiar Macarrón / Dalmasso, era el incipiente divorcio o ruptura del vínculo matrimonial, con el consecuente perjuicio económico que ello conllevaría, más aún si se tiene en cuenta que en ese seno de pareja, la cuestión económica era el gran movilizador de la unión”.
LA IMPUTACIÓN
En este caso, el único imputado es Macarrón, que está acusado de instigar el asesinato de quien fuera su esposa. Lo acusa del delito de “homicidio calificado por el vínculo, por alevosía, y por precio o promesa remuneratoria en concurso ideal”, que contempla prisión perpetua.
Según el requerimiento fiscal de elevación a juicio, en fecha que no se puede establecer con exactitud, presumiblemente unos meses antes del 25 de noviembre de 2006, Marcelo Macarrón “en acuerdo delictivo con personas aún no identificadas por la instrucción, instigó el crimen”.
Para el fiscal Pizarro, el móvil fue económico, porque Dalmasso y Macarrón atravesaban una crisis conyugal y Nora habría querido divorciarse. En ese marco, el hombre no habría querido dividir los bienes conyugales. Está acusado de contratar un sicario, de facilitarle el acceso a la vivienda y de planear una simulación sexual para justificar el hecho.
COBERTURA
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