El presidente Alberto Fernández dispuso, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia publicado anoche, la prohibición, por un período de 60 días, de “los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor”, como así también las “suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”.
Así lo hizo a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 329/2020 publicado en un suplemento de la edición del martes del Boletín Oficial, con la firma del mandatario; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y de los ministros, en el marco de las medidas que viene tomando el Ejecutivo para paliar el impacto económico de la pandemia de coronavirus.
“Resulta indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales”, argumenta el decreto.
En este sentido, señala que decisiones de ese tipo no serían “más que una forma de agravar en mayor medida los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio procura remediar”.
En su artículo cuarto, el decreto establece que “los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto” en la norma, “no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”.
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