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El TSJ de Córdoba determinó que no hubo arbitrariedad al suspender a la legisladora radical De Ferrari

La legisladora, Patricia De Ferrari (JxC) que emitió un tuit sobre los "Falcon verdes" para resolver una disputa contra Juan Grabois.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) concluyó hoy que no incurrió en arbitrariedad ni en desvío de sus atribuciones al suspender durante seis meses a la legisladora Patricia de Ferrari Rueda por los mensajes que difundió a través de su cuenta personal de Twitter acerca del dirigente social Juan Grabois.

La legisladora de la UCR, perteneciente al sector interno del titular del interbloque de JxC, Mario Negri, expresó en el tuit que desencadenó la sanción: “Falta mucho para que aparezcan los Falcon verdes para ‘impartir’ la justicia a la medida ideológica de Grabois y compañía“.

La Pampa

Las afirmaciones de la dirigente se produjeron en el marco de la disputa entre Dolores Etchevehere y sus hermanos, incluido el ex ministro de Agricultura, Luis Etchevehere, por la herencia de un campo familiar. Dolores Etchevehere convocó como asesor legal a Juan Grabois, dirigente de la CTEP, y juntos pusieron en marcha el Proyecto Artigas (de producción agropecuaria sin el uso de agrotóxicos) en la estancia en disputa, en la provincia de Entre Ríos.

De Ferrari luego borró el mensaje y apuntó: “Con motivo de un último tuit de una serie que publiqué, y borré al ver que era malinterpretado, quiero dejar claro que el sentido no fue el que le atribuyen. Siempre he repudiado la dictadura, y las violaciones a los DD.HH. No fue clara la redacción y pido disculpas por ello”.

Epec

EL FALLO DEL TSJ

Por su parte, el TSJ también rechazó por formalmente improcedente, el recurso de apelación formulado contra la resolución de la Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación que había declarado inadmisible la acción de amparo intentada por la legisladora.

De acuerdo con los magistrados, “una vez descartado un incorrecto uso de las atribuciones disciplinarias de la Legislatura y la ausencia de arbitrariedad que pudiera haber afectado las garantías de debido proceso y defensa, queda en claro que no media desviación alguna de poder”.

Río Cuarto

El Poder Judicial precisó que los jueces subrayaron que la cuestión de privilegio planteada contra la legisladora ha sido por entender que estaba en juego la dignidad misma de la Legislatura, motivo concreto que le fue comunicado a De Ferrari.

En esa línea enfatizaron que, “en forma previa a la realización del enjuiciamiento disciplinario”, a la denunciada le fueron proporcionadas “las razones como los fundamentos probatorios en virtud de los cuales ciertos integrantes de la Legislatura le atribuyeron, bajo la caracterización constitucional de indignidad, la respectiva responsabilidad política”.

De acuerdo con el TSJ, no puede afirmarse que la legisladora no haya podido defenderse y o que no haya conocido el hecho que se le cuestionaba. Además, remarcaron que las pruebas de esto pueden verse en la sesión ordinaria celebrada el 28 de octubre de 2020 donde afirman se oyó “un nutrido descargo de la legisladora, acompañado de una enumeración de las pruebas concretas con las que aspiraba a revertir el trámite disciplinario”.

A su vez, el Máximo Tribunal precisó que la inmunidad de opinión de la que gozan los legisladores solo alcanza a lo que declaren “en el cumplimiento de sus deberes parlamentarios” y no a lo que expresen “en su mera condición de ciudadanos sobre cuestiones que no guarden una inmediata relación con su quehacer legislativo”.

En ese marco, los magistrados esgrimieron que, si se analizan los proyectos presentados por la legisladora, no se advierte “una adecuada relación de conexidad” entre estos y las manifestaciones vertidas en su plataforma de Twitter en relación con las connotaciones que habría querido darles por las supuestas intromisiones de funcionarios nacionales y por el accionar Juan Grabois.

COBERTURA

VER: POR EL TUIT DE “LOS FALCON VERDES…”: SUSPENDIERON POR SEIS MESES A LA LEGISLADORA DE FERRARIS

VER: LA DOBLE VARA NACIONAL: LA EXPOSICIÓN DE UNA TETA RECIBE MAYOR SANCIÓN QUE HACER APOLOGÍA DEL TERRORISMO DE ESTADO

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