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Sabía que era su hija desde 2008, no la reconoció y ahora deberá darle su apellido y pagarle más de un millón de pesos

Imagen ilustrativa.

El Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Laboulaye a cargo de Ignacio Andrés Sabaini Zapata, hizo lugar a una demanda de filiación presentada por una joven de 22 años en contra de su padre biológico para que la reconozca como hija.

También condenó al progenitor a abonar una indemnización de 1.026.000 pesos, más intereses, por “el daño moral que le ocasionó a su hija por vulnerar su derecho a la identidad personal”.

Cuando nació, la joven demandante vivía en un establecimiento rural, ubicado en el sur de la provincia, que era propiedad del demandado. Fue anotada en el Registro Civil por la pareja de su madre.

Según constancias de la causa, cuando la niña tenía alrededor de diez años, su padre biológico se realizó un estudio de ADN privado que dio positivo. Sin embargo, mantuvo el desconocimiento de su hija. La madre evitó iniciar una acción de filiación y la joven tuvo que esperar a cumplir 18 años para conocer su verdadera identidad.

Respecto de la conducta del padre biológico con ella, la joven relata en el expediente que “siempre he tratado de tener algún contacto con él, concurriendo en varias oportunidades a su domicilio particular en diferentes horarios y días por su actividad laboral, con la sola intención de poder hablar, pero siempre con resultado negativo”.

Por su parte, el juez, para establecer el monto de la indemnización, la más alta otorgada en la provincia en este tipo de demandas, tomó en consideración, en particular, la actitud asumida por el demandado desde que supo que efectivamente era el padre de la joven.

Consideró que el padre asumió una actitud omisiva y dilatoria en el proceso, pues sabía del embarazo, conocía que la niña era hija suya y, no obstante, mantuvo su desinterés.

Es más, cuando fue convocado por el tribunal para someterse a una prueba de ADN oficial, el demandando no se presentó en el laboratorio. “La conducta procesal desarrollada evidenció una total desidia de su parte y una actitud reacia a colaborar en la dilucidación de la verdad jurídica objetiva”, enfatizó Sabaini Zapata.

El magistrado destacó, asimismo, la diferencia de trato que realizó entre sus hijos reconocidos y la demandante. “Mientras proveía una vivienda adecuada a las necesidades básicas a sus hijos [reconocidos], su hija vivía hacinada en una pieza y cocina, sin baño y con siete personas… Sus hijos eran abastecidos de alimentos, pero su hija iba a pedir medicamentos y comida al ‘policlínico’”, afirmó el magistrado.

El juez Sabaini Zapata subrayó que tales diferencias generaron que la joven no completara sus estudios básicos, mientras sus hermanos lo hacían en un colegio privado (uno de ellos, incluso, vino a estudiar a la ciudad de Córdoba solventado, en parte, por su padre).

Por último, el juez afirma que “la falta de reconocimiento se trata de una lesión a los derechos de la personalidad, una violación del derecho a la identidad personal al negarse el estado de familia de hijo… toda persona humana posee derecho subjetivo, constitucional y supranacional, a determinar y conocer su propia identidad y a tener una filiación”.

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