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Los puntos clave de la nueva ley de alquileres que aprobó Diputados

La Cámara de Diputados aprobó la nueva ley de alquileres. (Foto: Prensa Diputados).

La Cámara de Diputados aprobó la ley que regula los contratos de alquileres, un tema discutido durante toda la presidencia de Mauricio Macri y que el Senado podrá sancionarla antes de fin de año, si finalmente el presidente electo, Alberto Fernández, la incluye en su convocatoria a sesiones extraordinarias.

La iniciativa fue aprobada con 191 votos a favor y 24 abstenciones, sin rechazos y con varios cambios en la redacción que no alteraron los principales beneficios a los inquilinos que se discutieron decenas de veces en comisiones.

“Pensemos que en Argentina hace 30 años que no hay una ley de alquileres. Se calcula que en el país hay 8 millones de personas que alquilan. Estamos saldando una deuda que teníamos con mucha gente”, dijo el diputado Daniel Lipovetzky (PRO), uno de los promotores de una ley que fue aprobada en el Senado en 2016, pero murió cajoneada en la cámara baja, a partir de la decisión del presidente.

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Los puntos clave de la ley, son los siguientes:

– Actualización anual

Los ajustes deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), que deberá ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

– Extensión del contrato de dos a tres años

El contrato de locación de inmueble, cualquiera sea su destino, si carece de plazo expreso y determinado mayor, se considerará celebrado por el plazo mínimo legal de tres años (con las excepciones ya existentes en el Código Civil y Comercial, artículo 1199).

– Contratos ante la AFIP

Los contratos de locación de inmueble deberán ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP).

– Ampliación de las garantías

El locatario podrá elegir dos opciones entre: garantía inmobiliaria, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o certificación de ingresos / recibo de sueldo. Y el propietario deberá aceptar una de las propuestas.

– Expensas

Las expensas ordinarias deben ser afrontadas por el locatario, y las expensas extraordinarias quedarán a cargo del dueño del inmueble.

– Sobre depósitos

El depósito de garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación, o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.

El reintegro deberá hacerse efectivo en el momento de la restitución del inmueble. En el caso de existir alguna deuda por servicios públicos domiciliarios o expensas, correspondientes al período contractual y que al momento de la entrega del inmueble no hubiese sido facturada, podrá acordarse su pago tomando al efecto los valores del último servicio o expensas abonado, o bien el locador podrá retener una suma equivalente a dichos montos como garantía de pago. En este último caso, una vez que el locatario abone las facturas remanentes, presentará las constancias al locador, quien deberá restituir de manera inmediata las sumas retenida.

– Renovación del contrato

En los contratos de inmuebles destinados a vivienda, dentro de los tres últimos meses de la relación locativa, cualquiera de las partes podrá convocar a la otra, notificándola en forma fehaciente, a efectos de acordar la renovación del contrato. En caso de silencio del locador o frente a su negativa de llegar a un acuerdo, estando debidamente notificado, el locatario puede resolver el contrato de manera anticipada sin pagar la indemnización correspondiente.

– Alquiler Social

Se crea el Programa Nacional de Alquiler Social destinado a la adopción de medidas que tiendan a facilitar el acceso a una vivienda digna en alquiler mediante una contratación formal.

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