Conéctate con nosotros

Hola que estas buscando

Imperdibles

Le retiran la licencia de conducir y le prohíben salir del país hasta que pague la cuota alimentaria

Juzgado de Cosquín.

El Juzgado en lo Civil y Comercial y de Familia de Cosquín hizo lugar a una demanda iniciada por una mujer contra su expareja por la falta de pagos de las cuotas alimentarias fijadas a favor del hijo de ambos.

El juez Carlos Fernando Machado ordenó la inscripción del demandado en el Registro de Deudores Alimentarios, el retiro de la licencia de conducir y la prohibición de la salida del país, medidas que regirán hasta el total cumplimiento de la deuda reclamada o hasta que presente una caución suficiente.

Policía 101

El magistrado explicó que “el derecho alimentario constituye un derecho humano básico” y que no cumplir con esto compromete el derecho de los niños. “El hecho de que el progenitor haya debido afrontar mayores gastos no puede constituirse como fundamento válido para evitar la actualización de la mesada alimentaria. Por el contrario, le exigen redoblar esfuerzos para así poder proveer adecuadamente a las necesidades de los hijos”, enfatizó.

Córdoba Turismo

La resolución subraya que el padre ejerció violencia económica y patrimonial en contra de la mujer, puesto que la falta de pago de la cuota alimentaria afectó, en forma directa, a la madre y provocó un deterioro económico, ya que ella tuvo que cubrir las necesidades materiales de su hijo con recursos propios.

También recuerda que el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación faculta al tribunal a tomar “medidas razonables para asegurar el cumplimiento de la cuota establecida”.

Epec

En este sentido, agrega: “La inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos resulta procedente ya que ha quedado acreditado el incumplimiento de la cuota alimentaria por más de tres cuotas consecutivas (…) la suspensión momentánea de la licencia de conducir no es impedimento para que el padre pueda buscar otras actividades mejor remuneradas para así cubrir las necesidades integrales de su hijo”.

Finalmente, la sentencia expresa la importancia del cumplimiento de una obligación primordial como lo es la alimentaria, ya que satisface las necesidades básicas y constituye un derecho humano fundamental de niños, niñas y adolescentes.

Haga clic para comentar

Comentario:

SIRELYF
Socios 2025
News
Columnistas 2025

Te puede interesar

Noticias

En una fuerte declaración en el programa ESPN F90, Carlos Mac Allister, exfutbolista y exsecretario de Deportes de la Nación durante la gestión de...

Noticias

La elección del centro vecinal del barrio Cerro de las Rosas de la ciudad de Córdoba, se ha sumergido en el barro. La lista...

Noticias

El ex gobernador de Córdoba Juan Schiaretti, el actual mandatario Martín Llaryora, el intendente de Córdoba, Daniel Passerini, y la diputada nacional, Natalia De...

Noticias

El asunto recuerda a la década infame o a los años anteriores a la Ley Sáenz Peña, que determinó el voto universal, secreto y...