La Corte Suprema de Justicia rechazó este jueves la posibilidad de que los ciudadanos argentinos presenten candidaturas para cargos públicos de forma independiente, sin ser parte de la propuesta de ningún partido político.
Lo hizo al desestimar, a través del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, el planteo de un abogado que quería postularse para las próximas elecciones en la provincia de Corrientes.

La presentación la había hecho Mario Enzo Cabral, abogado por derecho propio, que inició una acción en la Justicia Electoral para que se oficializara su candidatura para diputado nacional por el Distrito Corrientes en los comicios generales de octubre próximo.
Allí afirmó que ninguna cláusula constitucional o legal se lo impide, aunque admitió que algunas normas vigentes son ambiguas y podrían llevar a la conclusión contraria, informó la Corte en un comunicado.
El Juzgado Federal Nº 1 de la Provincia de Corrientes resolvió rechazar la pretensión “in límine” y, para justificar la decisión, explicó,inicialmente que el actor ya había presentado pretensiones análogas en los años 2019, 2021 y 2023 y que en aquellas oportunidades ya se le había dicho que no de conformidad con la doctrina sentada al respecto.
Tras la apelación, la Cámara Nacional Electoral confirmó la sentencia de primera instancia y, tras volver a citar esos antecedentes, el fallo subrayó que el aspirante a candidato no se había encargado de demostrar que su caso fuera diferente a aquel, aunque el abogado llegó en queja a la Corte Suprema.
Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó la presentación por considerarla inadmisible.
CON INFORMACIÓN DE NOTICIAS ARGENTINAS.
—
SUSCRIBITE A DOSSIER360.
HACETE SOCIO DE ENREDACCIÓN.
RECIBÍ EL NEWSLETTER DE ENREDACCIÓN EN TU E-MAIL.
CONTACTO CON LA REDACCIÓN DE ENREDACCIÓN.










































