La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el mecanismo para que las 2.000 empresas que incumplieron las condiciones previstas en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) restituyan los fondos correspondientes al salario complementario.
El organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont reglamentó el procedimiento a través de la resolución general 5035/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La misma determinó el mecanismo para que los empleadores que no cumplieron con las condiciones establecidas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP restituyan los fondos correspondientes al salario complementario.
Las firmas que reciban una notificación de AFIP tendrán un plazo de 15 días hábiles para reintegrar las sumas percibidas, mediante un plan de pagos a través del servicio Mis Facilidades.
La financiación contempla un pago a cuenta del 20% de la deuda consolidada y hasta cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a excepción de la primera que incluirá los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento; y la tasa efectiva mensual será del 2%.
Los procedimientos de control realizados a partir de distintas fuentes de información provistas por el Banco Central (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores (CNV), permitieron determinar la caducidad del beneficio para unos 2.000 empleadores.
Las firmas serán notificadas por el organismo para reintegrar los recursos, y podrán hacerlo a través de un plan de pagos.
—
>> Si estás de acuerdo con el periodismo crítico y comprometido, te invitamos a asociarte a ENREDACCIÓN, el sitio de noticias con información de Córdoba: INGRESÁ AQUÍ.
>> También podés comprar libros, información y cultura en La Tienda de ENREDACCIÓN.
>> ©Enredacción. Está prohibida la reproducción de este artículo.