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La Justicia declara inconstitucional el DNU de Milei que restringía el derecho a huelga

El presidente Javier Milei. (Foto: Imagen de TV / Archivo).

En un nuevo revés para el Gobierno de Javier Milei, el Juzgado Nacional del Trabajo N° 3, a cargo de la jueza Moira Fullana, declaró inconstitucionales los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, que imponía restricciones al derecho a huelga al incorporar a la marina mercante como “servicio esencial” y modificar la Ley 25.877 sobre conflictos colectivos. La decisión, que responde a un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT), refuerza la protección de los derechos laborales y la libertad sindical.

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La resolución de Fullana, quien días atrás había suspendido la eliminación del Día del Trabajador Estatal, se fundamenta en dos ejes principales. En primer lugar, la invalidez formal del DNU, ya que fue dictado mientras el Congreso estaba en pleno funcionamiento, incumpliendo el requisito de “circunstancias excepcionales” exigido por el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional.

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Además, el Ejecutivo no justificó adecuadamente la “necesidad y urgencia” que habría impedido el trámite legislativo ordinario, y la Comisión Bicameral del Congreso no emitió dictamen en los plazos establecidos por la Ley 26.122.

En segundo lugar, la jueza consideró que el DNU vulnera la libertad sindical al ampliar restrictivamente la lista de servicios esenciales, afectando el derecho a huelga en sectores como la marina mercante.

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Según la CGT, esta medida contraviene el artículo 14 bis de la Constitución, el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). La OIT, además, advierte contra definiciones extensivas de “servicios esenciales” que debiliten los derechos laborales.

Fullana también señaló que el Ejecutivo incurrió en una usurpación de facultades legislativas al intentar reemplazar al Congreso en la modificación de leyes, excediendo sus atribuciones constitucionales. La jueza declaró la inconstitucionalidad de los artículos mencionados, impuso las costas al Estado Nacional y fijó honorarios para las partes.

Mackentor

La CGT, que desde la publicación del DNU en mayo calificó la norma como “un horror”, celebró el fallo. Andrés Rodríguez, secretario adjunto de la central obrera y líder de UPCN, había criticado duramente la iniciativa, comparándola con el DNU 70/23, también declarado inconstitucional. “El derecho de huelga es un derecho constitucional y está respaldado por normas internacionales. Es un horror lo que quiso hacer el Gobierno”, afirmó Rodríguez, quien acusó al Ejecutivo de buscar “destruir los salarios” con una política económica basada en un “dólar planchado y salarios sin poder adquisitivo”.

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El dirigente también cuestionó la negativa del Gobierno a homologar paritarias con aumentos superiores al 1% mensual, denunciando un “incumplimiento absoluto” de la negociación colectiva. “La CGT buscó el diálogo, pero las promesas no se cumplen, lo que nos llevó a planes de acción que seguirán recrudeciendo si no hay cambios”, advirtió.

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