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Un juez dictamina que García Mansilla no puede intervenir en fallos de la Corte

Manuel García Mansilla (corbata amarilla) junto a los integrantes de la Coret Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, y Ricardo Lorenzetti (del centro a la izquierda).

El juez Alejo Ramos Padilla dictó este jueves una medida cautelar que impide a Manuel García Mansilla tomar conocimiento e intervenir en fallos de la Corte Suprema de Justicia.

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En un extenso fallo de 73 páginas, Ramos Padilla ordenó que García-Mansilla, quien había sido designado en comisión mediante un decreto presidencial, “se abstenga del conocimiento y decisión de todas aquellas causas jurisdiccionales y actuaciones administrativas en trámite” ante la Corte Suprema mientras ostente esa condición provisional. El juez advirtió que, de incumplir esta disposición, García-Mansilla podría enfrentar sanciones penales o pecuniarias.

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El fundamento central de la decisión de Ramos Padilla se apoya en el precedente sentado por la Corte Suprema en 2015 con el fallo “Aparicio”. En aquella oportunidad, el máximo tribunal declaró inconstitucional la designación de conjueces por parte del Poder Ejecutivo sin el acuerdo del Senado, reafirmando la importancia de este cuerpo legislativo en el proceso de selección de magistrados.

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“Resultaba necesario dar aún más vigor al rol del Senado de la Nación en el procedimiento”, señaló la Corte hace una década, estableciendo que el acuerdo del Senado debe contar con una mayoría calificada para validar cualquier nombramiento.

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Ramos Padilla retoma este criterio y lo vincula a la reforma constitucional de 1994, que fortaleció el mecanismo de designación de jueces al exigir el aval del Senado. En su resolución, subraya que este requisito es de tal trascendencia institucional que incluso las integraciones provisorias, como las de conjueces, deben cumplir con dicho procedimiento. “El acuerdo del Senado para el nombramiento de magistrados es tan trascendente a nivel institucional que, incluso en caso de requerirse una integración provisoria, las personas designadas también deben contar con acuerdo del Senado”, argumenta el juez.

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La medida cautelar se produce en el marco del rechazo en el Senado de los pliegos de García-Mansilla y Lijo, lo que dejó a ambos sin la legitimación para ocupar cargos en la Corte Suprema.

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