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Los pilotos denunciarán en la Justicia la reglamentación que permite la incorporación de aeronaves y pilotos extranjeros

El titular del gremio de pilotos, Pablo Biró.

La Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), que conduce Pablo Biró, anunció mediante un comunicado publicado a través de la red social X, que iniciará acciones legales contra la reglamentación que permite la incorporación de aeronaves y pilotos extranjeros en los vuelos de cabotaje. La medida fue dispuesta por el gobierno nacional.

“La ANAC ha establecido nuevas normas para permitir la incorporación de aeronaves y pilotos extranjeros. Esto se basa en el DNU 70/2023, que modifica el Código Aeronáutico argentino”, indica el comunicado de prensa.

Dengue

Explica que “estas decisiones afectan gravemente a nuestra industria aeronáutica nacional. Si tenemos pilotos argentinos habilitados y capacitados, no hay razón para implementar este procedimiento”.

Argumentan que “esta medida no solo pone en riesgo el empleo de quienes trabajan arduamente para garantizar la seguridad en nuestros cielos, sino que también atenta contra nuestra soberanía”.

Turismo

“APLA está tomando acciones legales para impugnar esta nueva reglamentación, que se apoya en un DNU que ya ha sido declarado inconstitucional por la Justicia. (…) En APLA rechazamos con firmeza las decisiones que no protegen el trabajo de nuestros profesionales”.

Epec

El Gobierno nacional reglamentó las autorizaciones para las operaciones aerocomerciales con personal y aeronaves con matrícula extranjera, de acuerdo con lo determinado por el decreto emitido el mes pasado, por el cual se dejaba en manos de la ANAC, la habilitación de estos procedimientos.

Telecom

Lo hizo a través de la resolución 363/2024, publicada este viernes en el Boletín Oficial, donde se reglamentan los artículos 106 y 107 del Código Aeronáutico (Ley 17.285).

Newsletter 2024

Mediante esta reglamentación el Gobierno Nacional delega en la ANAC la implementación de los procedimientos necesarios de autorización para que personal extranjero desempeñe funciones aeronáuticas en los servicios aerocomerciales, así como también la utilización de aeronaves de matrícula extranjera a operar en nuestro país cuando una aerolínea lo requiera.

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