La diputada nacional Blanca Osuna (PJ, UxP, Entre Ríos) presentó un proyecto de resolución repudiando la intervención de la Universidad Nacional Madres de Plaza de Mayo (UNMa) por parte del Ministerio de Capital Humano.
La iniciativa fue acompañada por los legisladores German Martínez (UxP Santa Fe), Hugo Yasky (UxP, Buenos Aires), Paula Penacca (UxP, Buenos Aires), Esteban Paulón (Partido Socialista, Santa Fe), Hilda Aguirre (UxP la Rioja), Tanya Bertoldi (UxP, Neuquén), Nancy Sand (UxP, Corrientes), Lorena Pokoik (UxP, CABA), Roxana Monzón (UxP, Buenos Aires), Eugenia Alianiello (UxP, Chubut), Daniel Gollán (UxP, Buenos Aires), Ana María Ianni (UxP, Santa Cruz), Luis Eugenio Basterra (UxP, Buenos Aires), y Daniel Arroyo (UxP, Buenos Aires).
El proyecto dado a conocer por la oficina de prensa de Osuna, condena la intervención dispuesta por Resolución Nº 2024-74633284 del Ministerio de Capital Humano, que designa un rector organizador para la UNMa, “desplazando a la actual rectora Cristina Caamaño elegida democráticamente”.
Dice el documento que “los diputados y diputadas denuncian que esta medida viola flagrantemente la autonomía universitaria garantizada por la Constitución Nacional y la Ley de Educación Superior”.
Mientras que Osuna afirmó que “esta ilegal y violenta intervención es otra agresión al sistema educativo y está vinculada al desfinanciamiento educativo de (Javier) Milei y la reivindicación de genocidas hecha por diputados y diputadas de LLA (La Libertad Avanza)”.
También exige al Poder Ejecutivo que “anule la resolución, considerándola un ataque directo a las políticas de Memoria, Verdad y Justicia sobre las que se fundó la universidad. La UNMa fue creada por Ley Nacional 27.731 y que su intervención por parte del Ejecutivo es ilegal y constituye una clara extralimitación de sus facultades”.
FUNDAMENTOS
El proyecto de resolución detalla en sus fundamentos que “la Constitución Nacional, en su artículo 77, sostiene en forma contundente que es el Congreso el encargado de dictar leyes y del art. 75 inc. 19 emana que es atribución del Congreso de la Nación “Sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales; que aseguren la responsabilidad indelegable del Estado, la participación de la familia y la sociedad, la promoción de los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las Universidades Nacionales.” La normativa se sustenta en la división de poderes. El Congreso de la Nación Argentina sanciona leyes, entre ellas las leyes que crean Universidades y el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo”.
Agrega que “La Ley Nacional Nº 27.731 (B.O. 12-10-23) creó la UNIVERSIDAD NACIONAL MADRES DE PLAZA DE MAYO, con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y constituida sobre la base del IUNMA (art. 1°), y aseguró la continuidad académica de los estudios del IUNMA –o su antecesora, la UNIVERSIDAD POPULAR MADRES DE PLAZA DE MAYO– (art. 4°) y mediante RESOL-2023-2534-APN-ME, se designó como Rectora Organizadora de la UNIVERSIDAD NACIONAL MADRES DE PLAZA DE MAYO, con carácter “ad honorem” y con las facultades y obligaciones previstas en el artículo 5° de la Ley Nº 27.731 y el artículo 49 de la Ley Nº 24.521 a la Dra. Cristina Caamaño”.
Recuerda más adelante que “en el mes de Febrero pasado recibimos con preocupación la comunicación de la resolución 2024-45- APN-MCH “Revisión de creación e inicio de actividades académicas de nuevas instituciones universitarias nacionales” del Ministerio de Capital Humano que no respeta la normativa por la cual se crean Universidades Nacionales, con un claro sentido el achicamiento, intervención y desfinanciamiento del sistema universitario nacional, y en consecuencia el debilitamiento de derecho a la educación superior que no es ni más ni menos que la posibilidad de desarrollo de nuestro país. Tal resolución ha sido repudiada por Diputados de la Nación”.
Por último, señala que “actualmente, en fundamentos de la resolución por la cual se impone un Rector Organizador a la Universidad de Madres de Plaza de Mayo, cita la RESOL-2024-45-APN-MCH argumentando que ésta “se estableció el proceso de revisión de la creación e inicio de actividades académicas de las nuevas instituciones universitarias nacionales, entre ellas la UNIVERSIDAD NACIONAL MADRES DE PLAZA DE MAYO, con el fin de determinar el efectivo cumplimiento del procedimiento para su creación y funcionamiento objetivo y, se dispuso dejar sin efecto la Resoluciones por las que se habían designado a los rectores organizadores de las mismas, en el caso la Resolución del entonces Ministerio de Educación N° 2534/2023”.
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