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Regirán desde el 1° de agosto: El Gobierno oficializó los cambios del Monotributo y el monto de las cuotas

La sede central de AFIP, en Buenos Aires.

El Gobierno oficializó este miércoles los cambios en el monotributo aprobados con la Ley Bases y el paquete de medidas fiscales. Las modificaciones actualizan los topes de facturación y las cuotas que regirán a partir del 1 de agosto. La medida fue oficializada a través del decreto 661/2024 publicado en el Boletín Oficial.

Incendios

El instrumento jurídico detalla que, a partir del 2025, la Afip actualizará los parámetros de facturación en enero y julio de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC y establece que “los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive”.

Turismo

Con la reglamentación de los cambios quedan vigentes los aumentos en los montos de facturación, que según la categoría suben del 201% al 301%. También aumentan los montos del precio unitario de venta, que para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías; y en los alquileres devengados anuales, que aumentan del 211% al 309%. También se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social.

Epec

A su vez, las escalas de facturación anual máxima por categoría que regirán a partir del 1 de agosto, serán las siguientes:

-Categoría A: $6.450.000 (+206%).

-Categoría B: $9.450.000 (+202%).

-Categoría C: $13.250.000 (+208%).

-Categoría D: $16.450.000 (+202%).

-Categoría E: $19.350.000 (+202%).

-Categoría F: $24.250.000 (+203%).

Mackentor

-Categoría G: $29.000.000 (+202%).

-Categoría H: $44.000.000 (+270%).

-Categoría I: $49.250.000 (+269%).

-Categoría J: $56.400.000 (+269%).

-Categoría K: $68.000.000 (+301%).

Telecom

Por otro lado, también se incrementan las cuotas que deben pagar los monotributistas. Las mismas serán las siguientes:

-Categoría A: Pasa de $12.128,39 a $26.600.

-Categoría B: de $13.561,75 a $30.280.

-Categoría C: de $15.503,51 a $35.458 para servicios y de $15.241,42 a $34.658 para la venta de productos.

-Categoría D: para servicios de $19.497,94 a $45.443,80, y de $19.066,46 a $44.343,80 los que venden productos.

-Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18 (servicios) y de $24.526,43 a $58.148,18 venta de cosas muebles.

-Categoría F: de $33.137,61 a $80.983 para los servicios, y para los que venden productos, de $29.223,11 a $69.783.

-Categoría G: de $38.694,95 a $123.696,20 para servicios y de $33.439,61 a $85.296,20 para los productos.

-Categoría H: para servicios de $66.111,51 a $280.734,68. Mientras, los que venden bienes, de $56.402,68 a $170.734,68.

-Categoría I: la cuota mensual pasaría de $81.121,96 a $255.108,55 para quienes realizan ventas. Los que facturen por servicios y entren a la categoría, en tanto, abonarían $517.608,55.

-Categoría J: de $93.619,47 pasaría a $311.931,97 para ventas y llegaría a $626.931,97 en el caso de los servicios.

-Categoría K: la cuota mensual se irá de $106.964,65 a $377.084,75. En servicios, ascendería a $867.084,75.

El Valle

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