El proyecto que regula el juego online fue aprobado después de ocho horas de debate, con el voto de la mayoría de los legisladores del oficialismo, más el radical Orlando Arduh y los cuatro integrantes de la bancada del Pro –Silvia Paleo, Alberto Ambrosio, Raúl Recalde y Darío Capitani–.
La sesión fue presidida por Oscar González, debido a la ausencia del vicegobernador, Manuel Calvo, que adujo compromisos de agenda para no estar presente en la controvertida sesión.
La oposición se expresó en contra de la iniciativa. Tampoco acompañaron los oficialistas Caserio, Mansilla y Maldonado. Hubo seis ausentes y una abstención (la del socialista Chamorro).
El proyecto para regular los sitios web de apuestas virtuales, entre ellas juegos de póquer o pronósticos deportivos, había sido presentado el 1° de diciembre último por Arduh, Paleo, Ambrosio, Recalde y Capitani. La presentación había sido acordada con el oficialismo.
El proyecto tiene 26 artículos en el que se define al juego online como aquellos “medios electrónicos, informáticos, de telecomunicación o de otros procedimientos interactivos”.
La norma establece que estarán impedidos de participar de las apuestas virtuales, los menores de edad, los deudores alimentarios, los propietarios de las licencias de juego, y los deportivos relacionados con la actividad que se apuesta.
También se estableció que no podrán acceder a estos sitios jueces o árbitros vinculados a las partidas, y personas de la Lotería de Córdoba, que será la autoridad de aplicación.
Otro de los puntos incorporados fue la prohibición para jugar de una persona que sea beneficiaria de “planes o programas de ayuda social, financiados por organismos pertenecientes al Estado nacional, provincial o municipal”.
En cuanto a los licenciatarios, se resolvió que sean personas humanas o jurídicas, así como entidades públicas o privadas.
Y se aclaró que, en caso de personas jurídicas extranjeras, deberán constituirse como Unión Transitoria (UT) con otra firma nacional, mientras esta última tendrá que poseer una participación social no inferior al 15 por ciento.
Sobre este artículo se fijó, además, que deberá darse una licitación nacional e internacional, con un máximo de 10 licencias, aunque se detalló que ese número podrá ser mayor, cuestión que se dejará en manos de la Lotería de Córdoba. Se definió además que cada licenciatario tiene derecho a una sola concesión.
Mientras que el plazo de la explotación del juego online será de 15 años.
Los jugadores deberán ser mayores de 18 años y estar anotados en un registro, en el que tienen que dar cuenta de nombre, DNI y domicilio. Mientras que las licenciatarias deberán comprobar que la información de identidad del apostador sea coincidente y mantener esos datos por un plazo de cinco años.
Además, este registro estará conectado con una base de datos que determinará la Lotería de Córdoba. De esta forma, cada ingreso de un jugador quedaría registrado y archivado.
En tanto, la promoción que realicen las empresas deberá ser autorizada por la Lotería de Córdoba.
Por último, el canon será destinado a programas sociales y deberá ser un 10 por ciento, al menos, del producido bruto.
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