Un hombre de 27 años fue condenado este martes a 10 años de prisión por la Cámara en lo Criminal de la localidad cordobesa de Deán Funes, al encontrarlo responsable de cometer actos en perjuicio de la integridad sexual de una adolescente de 14 años, hija de una ex pareja suya, informaron fuentes judiciales.
Según la causa, el contacto entre el imputado y la menor comenzó a través de WhatsApp e Instagram. La resolución que dictó el tribunal unipersonal, a cargo del camarista Horacio Ruiz, coincidió con el pedido de la Fiscal de Cámara, Mónica Carolina Elías, y consideró al acusado autor responsable de los delitos de contacto electrónico con menores de edad con el propósito de cometer un delito contra la integridad sexual (child groomnig), suministro de material pornográfico a menores continuado, producción de imágenes pornográficas de menores de edad continuada, y coacción, en concurso real.
También aplicó la figura de promoción a la corrupción de menores agravada, en concurso ideal con lo anterior. Por último, lo declaró autor de abuso sexual con acceso carnal continuado y amenazas reiteradas.
El acusado aprovechó el vínculo que había creado con la menor, durante la relación con su madre, para pedirle fotos íntimas a través de plataformas de mensajería electrónica (WhatsApp e Instagram) enviados a su teléfono celular.
“Él llegó a enviarle imágenes de sus propios genitales para incentivar a la niña a que haga lo mismo, cosa que finalmente logró por medio de amenazas y engaños”, indicó el Ministerio Público Fiscal (MPF).
Durante el juicio, el acusado admitió que había mantenido relaciones sexuales con la menor, pero alegó que todo lo que hizo fue consensuado con ella.
No obstante, la sentencia coincide con la postura de la Fiscal de Cámara en la presentación de las probanzas de la causa, donde quedó demostrado que el imputado contactó a la joven por WhatsApp e Instagram, cuando ella tenía sólo 13 años.
Tras eso, el expediente indica que el hombre “fue preparando el camino para acceder carnalmente a la menor, aprovechándose de la confianza cuasi familiar con la víctima, con la niña cercada y en contra de su voluntad”.
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