Con el fin de “evitar incrementos en la presión tributaria”, el Ministerio de Economía envió una nota a las provincias donde reclama que “implementen medidas para que sus municipios se adecuen a la legislación y promuevan la derogación de las tasas” cuyo valor “no guarde proporcionalidad con el costo de la prestación del servicio”. El pedido de Economía pide, además, que en caso de que los municipios no deroguen estas tasas, “se los suspenda en su participación de la masa coparticipable”.
El Gobierno consideró que estas tasas son “ilegales y arbitrarias” y remarcó que “incumplen la Ley 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales”.
Al respecto, precisaron que la solicitud es para eliminar aquellas tasas municipales que coincidan con hechos imponibles o bases con los impuestos nacionales coparticipables o que no respeten la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Puntualmente, se refiere a tasas que distintos municipios cobran sobre la venta de combustibles o energía, entre otros servicios y productos.
A la par de esta solicitud, La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata revirtió este miércoles un fallo de primera instancia que le impedía a la ciudad de Mar del Plata cobrar una Tasa Vial. La resolución judicial se produjo como consecuencia de una presentación del diputado provincial Guillermo Castello de La Libertad Avanza (LLA) contra la superposición de gravámenes, a la que hizo lugar un juez de primera instancia declarando inconstitucional una Tasa Vial que se cobra cada vez que se carga combustible en la Intendencia de General Pueyrredón, donde se encuentra la ciudad de Mar del Plata.
LA NOTA DE ECONOMÍA
El Ministerio de Economía una nota a las 23 provincias en la que se les solicitó que implementen medidas para que sus municipios se adecuen a la legislación y promuevan la derogación de las “Tasas municipales”.
En este sentido, en el escrito se solicitó que se eliminen estas “Tasas municipales” que tienen una coincidencia substancial, total o parcial, de hechos imponibles o bases con los impuestos nacionales coparticipables; que no resultan razonables con el costo del servicio efectivamente prestado; y no respetan la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Además, se pidió intimar a los municipios para que, en el caso de que no cumplan con lo señalado, se los suspenda en su participación de la masa coparticipable.
Asimismo, Economía asegura que “el ejercicio ilegal y arbitrario de la potestad tributaria aplicada por municipios, perjudica a los esfuerzos del Gobierno Nacional para evitar incrementos en la presión tributaria. A su vez, estos afectan los costos de los bienes y servicios, e impiden una mayor reducción de la tasa de inflación nacional, perjudicando al ciudadano y a las diferentes jurisdicciones”.
Por otro lado, expresa en que “la Ley de Coparticipación, a la cual adhirieron todas las provincias, obliga a estos distritos y sus municipios a no gravar por vía de impuestos, tasas, contribuciones u otros tributos, cualquiera fuere su característica o denominación, las materias imponibles sujetas a los impuestos nacionales distribuidos”.
Finalmente, en la nota se resalta que esos tributos municipales son deducibles en la liquidación del Impuesto a las Ganancias y que, por este motivo, se disminuye la masa coparticipable, lo que genera un claro perjuicio al Estado Nacional y a las diferentes jurisdicciones provinciales en sus recursos coparticipables, sin que exista justificación alguna.
—
SUSCRIBITE A DOSSIER360.
HACETE SOCIO DE ENREDACCIÓN.
RECIBÍ EL NEWSLETTER DE ENREDACCIÓN EN TU E-MAIL.
CONTACTO CON LA REDACCIÓN DE ENREDACCIÓN.