Conéctate con nosotros

Hola que estas buscando

Noticias

Rechazan liberar a dos condenados por delitos de lesa humanidad

La Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA). (Foto: Gentileza).

La Cámara Federal de Casación rechazó la excarcelación de un represor y el pedido de libertad de otro, ambos condenados por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA).

Parque Solar

El fallo de mayoría, integrada por los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, señala que los delitos de lesa humanidad no pueden ser reducidos, morigerados ni beneficiados por indultos, según los compromisos internacionales que asumió la Argentina en la reforma constitucional de 1994.

Turismo

De este modo, el tribunal revocó la excarcelación concedida a Juan Carlos Fotea y confirmó el rechazo del pedido liberatorio a favor Juan Antonio Azic, ambos con más de una condena en su contra por graves violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.

EPEC

Azic era oficial de inteligencia y Fotea, suboficial de la Policía Federal. Fotea está condenado en esta causa a 25 años de prisión y pesa sobre él otra pena similar, firme, por “privación ilegítima de la libertad agravada; imposición de tormentos gravado; homicidio agravado; sustracción, retención u ocultación de un menor de diez años de edad”.

Telecom

Azic, en tanto, está condenado a prisión perpetua en una condena que aún atraviesa etapas de revisión, por “privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravados en perjuicio de tres víctimas”. Además, también está condenado por la apropiación de la ex diputada y ex titular del INADI, Victoria Donda, apenas nacida en la maternidad clandestina de la ESMA.

Newsletter 2024

“La ejecución de la pena también forma parte de la obligación de investigar, juzgar y sancionar y es parte integrante del derecho de acceso a la justicia de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos y sus familiares”, subrayó el juez Slokar.

Enner

El magistrado resaltó que “la liberación anticipada de una persona condenada por crímenes de lesa humanidad, con fundamentos contrarios a estándares internacionales, constituye un agravio a las víctimas, pues las puede exponer a violencia, re-victimización e intimidación”.

El Valle

SUSCRIBITE A DOSSIER360.

SUSCRIBITE A ENREDACCIÓN.

RECIBÍ EL NEWSLETTER DE NOTICIAS DE ENREDACCIÓN EN TU E-MAIL.

CONTACTO CON LA REDACCIÓN DE ENREDACCIÓN.

Haga clic para comentar

Comentario:

SIRELYF 80 años
Clima en tu ciudad
Columnistas

Te puede interesar

¿Viajamos?

En Luyaba, en el oeste profundo de Córdoba, el oro tiene la forma de la aceituna. El olivo, que le da identidad a una...

Noticias

La actividad manufacturera de las pymes cayó 17,8% anual en julio y acumula una retracción de 18,6% en los siete meses del año frente...

Noticias

Una obra de gran tamaño, sobre la que se desconoce su tipo y empresa propietaria, ha generado un caos de tránsito por la invasión...

Noticias

Este miércoles, a partir de las 21.10, Godoy Cruz de Mendoza e Independiente de Avellaneda, disputarán un partido por los octavos de final de...