La Fiscalía de Cámaras en lo Civil dictaminó a favor de “proveer audífonos a una niña con discapacidad auditiva en los dos oídos (afiliada a la pre-paga), y en plena etapa de escolarización”.
Se trata de un caso donde Swiss Medical Group debe otorgar la cobertura total del equipamiento de audífonos de una marca y modelo determinados a una niña de diez años que como consecuencia de su disminución auditiva padece una discapacidad.
La Fiscal Ana Kuznitzky indicó que “entre la empresa de medicina prepaga y sus afiliados existe una relación de consumo, por lo que éstos tienen el derecho a una medicina total e integral. Hizo hincapié en las pruebas de las que surgía la necesidad de adecuar los audífonos a la edad y circunstancias de la niña y concluyó que Swiss Medical está obligado a cumplir por ley y por contrato, la cobertura de la prótesis”.
En el pronunciamiento, destacó “la especial protección que merece la persona con discapacidad, puntualizó el caso de la hipoacusia, y explicó que las leyes aplicables al caso tienen por Norte la cobertura de un 100 % de todas las prestaciones que la persona con la afectación requiera, bajo la pauta de “superación de las barreras que la discapacidad causa”.
También recalcó que “el hecho de que se trate de una niña refuerza la tutela especial que debe brindarse, en base a la protección constitucional que recae sobre el interés superior del niño”.
Kuznitzky subrayó que “hay un peligro en demorar la provisión de los audífonos que causa un perjuicio de gran magnitud, porque se encuentra involucrado el derecho a aprender de la niña y su educación”.
Agregó que asiste a un colegio que no es para personas hipoacúsicas, por lo que los necesita con premura, para poder escuchar a sus maestras. Explicó que los audífonos pedidos tienen “el modo “profesor”, que posee ciertas características que mejoran la audición aún en situaciones difíciles por ruido, distancia o reverberación, presentes en sus actividades escolares diarias, y logran una percepción del habla mucho más clara y con mayor nitidez, favoreciendo notablemente su aprendizaje escolar”.
Cabe señalar que la Cámara 4° de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba resolvió el caso en igual sentido que el planteo de la fiscal.