(Por Carlos Emanuel Cafure). Muchos inquilinos argentinos, desde hace varios años quisiéramos saber si en algún momento, desde el Estado provincial y nacional, se implementarán acciones de gobierno, que garanticen lo dispuesto en la Constitución de la Provincia de Córdoba en su Artículo 58, y en la Constitución de la Nacional Argentina en su Artículo 14 bis in fine, respecto del acceso a la vivienda para los ciudadanos (teniendo en cuenta que es un derecho humano).
El Derecho Constitucional a la vivienda, se encuentra también previsto en normativas de rango internacionales, entre las que se puede citar el artículo 25 inc.1) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda…”; el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: “Toda persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado para sí misma y para su familia, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuadas…”; el artículo 27 (inciso tres) de la Convención sobre los Derechos del Niño; el artículo 14 (inciso h) de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; artículo quinto (inciso c) de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; el párrafo 61 del Programa de Hábitat (Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos), entre otros.
Diera la sensación, de que la clase media argentina se ha convertido a lo largo de los años, en una fábrica de inquilinos (eternos en muchos casos).
Resulta absurdo, y a veces hasta agraviante a la inteligencia de la población, analizar y estudiar en profundidad, la mayoría de las líneas de créditos hipotecarios que ofrecen los bancos estatales como los privados, cuyas condiciones terminan siendo no solo burocráticas, difíciles de cumplimentar para el ciudadano medio, sino que también conllevan un grado de incertidumbre en algún punto para quien los toma, considerando fundamentalmente las condiciones económicas de nuestro país (es decir, eventuales aumentos de niveles de la inflación, eventuales subas en el precio del dólar, entre otras variables), que inciden de forma directa o indirecta en el valor la cuota respectiva.
Un gran número de trabajadores que con gran sacrificio, quieren pagar su casa, no lo pueden lograr desde hace años en nuestro país, y eso ya no se puede aceptar más.
Con la recaudación de impuestos que se hacen en el país y en la provincia… ¿no se podrían acaso destinar parte de esos fondos, para la creación y puesta en marcha de planes de viviendas populares, que le permitan a los ciudadanos llegar al sueño de la casa propia?
Es tiempo de que nuestros gobernantes, tomen medidas al respecto, den respuesta a esta problemática que lleva años en nuestro país, para garantizar mediante verdaderas políticas de estado, este Derecho Constitucional.
* Carlos Emanuel Cafure es abogado.
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