La jueza María Victoria Bacci hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y ordenó a la Provincia de Neuquén desestimar la retención correspondiente al impuesto a las ganancias en los haberes de los empleados públicos.
Bacci hizo lugar a cautelar y ordenó la aplicación de los 16 Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) que rigen la actividad de los distintos empleados públicos de Neuquén “y especialmente la ley Provincial 3378 hasta tanto recaiga sentencia definitiva en estos actuados (en relación a la cuestión de fondo, que es el amparo contra Ganancias y el pedido de inconstitucionalidad de la norma)”.
En Neuquén, los estatales están cubiertos del pago de Ganancias por la ley provincial 3378. Esa norma, aprobada a fines del 2022, dispuso que el 60% de los ingresos de los empleados es el sueldo, mientras el 40% restante corresponde a dedicación funcional. Este último “constituye el reintegro de los gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas que se originan por el desempeño de la función” y que, por lo tanto, no pueden estar alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.
Según indican los medios periodísticos de la Patagonia, con la inclusión en el fallo de la ley 3378, otros sectores también quedan exceptuados de ganancias, como la Policía y los comprendidos por el artículo 53 de la Ley provincial 3190 (ministros y cargos de dirección en diversos organismos provinciales).
Para la jueza, además, se justificó dictar la cautelar por el peligro de demora que supondría “la inminencia de la liquidación de los haberes (de julio) de los empleados estatales”.
Agregó también que este peligro de demora “debe juzgarse a su vez conjuntamente con el perjuicio al que se verían expuestos los trabajadores nucleados por la amparista en este escenario de profunda crisis económica y de recesión que azota a la economía, lo que se traduciría en una imposibilidad de ulterior reparación”.
La decisión de la jueza Bacci va en consonancia con el pedido de ATE pero también con el dictamen del fiscal de Estado, Raúl Gaitán, quien pidió que se le dé la razón al sindicato. Cabe recordar que el gobernador Rolando Figueroa rechaza la reimplantación del impuesto.
Por eso, entre otros elementos, la jueza resaltó la argumentación de Gaitán, sobre que la ley es “inconstitucional por violar: a) el reparto de competencias entre el estado federal y las provincias, b) el procedimiento de sanción de las leyes, c) el principio de igualdad tributaria y razonabilidad, d) el principio de progresividad en derechos humanos”.
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