El Tribunal Oral 5 dispuso la prisión domiciliaria para la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner desde este martes 17 de junio y aceptó el domicilio de San José 1111 para el cumplimiento de la pena por la causa Vialidad, con lo cual la exmandataria no deberá presentarse en Comodoro Py este miércoles 18 de junio.

Según la resolución, se ordenó la “colocación de un dispositivo de vigilancia electrónico respecto de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner en el domicilio indicado”. Sin embargo, esta medida está supeditada a un informe sobre si corresponde o no en este caso. Dice la resolución judicial que “(…) sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta lo normado por el último párrafo del referido artículo 33 (de la Ley 24660), habremos de solicitar al órgano de control y al equipo interdisciplinario creado por la ley 24050 (art.29) que elaboren un informe que establezca la pertinencia de la medida en cuestión en el caso concreto”. También se dejó sin efecto la citación para mañana que “fuera cursada a la condenada el pasado 10 de junio”.
Cabe recordar que Fernández de Kirchner fue proscripta por vía de una controvertida sentencia en la denominada Causa Vialidad. El fallo fue dictado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y ratificó la pena de seis años de prisión y la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos dispuesta por el Tribunal Oral Federal N° 2 en 2022.
El magistrado le notificó su decisión a la exmandataria vía zoom, lo que permitió al gobierno nacional desarticular la marcha a los Tribunales de Comodoro PY que había convocado el peronismo. Ahora, la movilización se realizará a Plaza de Mayo.
Para el cumplimiento de la prisión domiciliaria, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 le impuso a CFK las siguientes reglas de conducta:
-Deberá permanecer en el domicilio fijado, obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente. Por fuera de estos supuestos, deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción.
-Deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes.
-En el plazo de 48 horas hábiles deberá presentar una nómina de las personas que integran su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan, quienes podrán acceder al domicilio donde cumplirá la pena de prisión sin necesidad de autorización judicial, debiendo requerirse y motivarse el eventual acceso de toda otra persona no incluida en ese listado.
-Dispuso que la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal “que lleve adelante la supervisión de la ejecución de la prisión y eleve a la justicia los resultados de la supervisión cada tres meses”.
-Ordenó a la Dirección de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Seguridad Nacional, la “colocación de un dispositivo de vigilancia electrónico respecto de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner en el domicilio indicado”.
EL PEDIDO DE “DOMICILIARIA”
El pedido de prisión domiciliaria que presentaron los abogados de Cristina Kirchner estuvo basado en diversos argumentos, entre los que se encuentra su edad, ya que tiene 72 años, y la ley permite considerar este beneficio a partir de los 70 años.
El abogado de la expresidenta, Alberto Beraldi, recordó además que sufrió un intento de magnicidio durante la recta final del juicio Vialidad. “Lo expuesto no constituye ningún privilegio de carácter personal, y mucho menos en el caso de nuestra defendida, quien fue víctima de un intento de magnicidio cuyos autores intelectuales hasta podrían tener algún tipo de relación con las máximas autoridades políticas a cargo del Ministerio de Seguridad de la Nación”, señaló en el escrito. Se refiere al diputado nacional Gerardo Milman (Pro), quien fuera funcionario de la actual ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, durante la gestión de Juntos por el Cambio, entre 2015 y 2019.
La presentación agrega que la ex presidenta no puede prescindir de su custodia, en razón de la legislación argentina y a causa de ser poseedora de información calificada del Estado por la función que cumplió.
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