La Justicia concedió este martes al Gobierno nacional el recurso de apelación contra el fallo que declaraba la nulidad del protocolo antipiquetes. El Ejecutivo aseguró que de este modo, la disposición está vigente hasta que la cuestión se resuelva en instancias superiores.

Sin embargo, desde el CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) dijeron al portal Eldiario.ar que “lo que dice el Gobierno no es correcto” ya que “solo le concedieron un recurso de apelación. Hoy, tal como señaló el juez Cormick, el protocolo es nulo. Y mientras se dirime la apelación, el protocolo sigue considerado nulo. Si el gobierno lo decide aplicar igual, es bajo su responsabilidad y se tendrá que hacer cargo de las consecuencias que se deriven de su aplicación, sabiendo que un juez sentenció su nulidad”.
El organismo de DD.HH señaló que “en estos dos años hubo 100 protestas reprimidas, 1400 personas heridas (entre ellas 83 trabajadores de prensa) y 386 detenciones arbitrarias. Esta decisión judicial reafirma el derecho fundamental a la protesta en una sociedad democrática. Marca un límite a las políticas que buscan disciplinar la expresión colectiva mediante la criminalización y el uso discrecional de la fuerza”.
La ex ministra de Seguridad Patricia Bullrich celebró la decisión en su cuenta de X: “Buena noticia: la Justicia concedió el recurso de apelación y el Protocolo Antipiquete NO se suspende. El Protocolo se seguirá aplicando, aún esté pendiente resolver la cuestión. El orden no se negocia”.
Lo mismo hizo el jefe de Gabinete, Manuel Adorni: “El protocolo anti-piquetes sigue vigente. Saludos a todos. Fin”, escribió en la red social.
El fallo original, dictado este lunes por el juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, había hecho lugar a un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
El magistrado declaró la nulidad de la Resolución 943/2023 –impulsada durante la gestión de Bullrich y mantenida bajo la actual ministra, Alejandra Monteoliva–, argumentando que la cartera carece de facultades para restringir derechos constitucionales por vía administrativa.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) festejó aquel pronunciamiento inicial y enfatizó que “la sentencia del juez federal Martín Cormick pone límites a lo que el Ministerio de Seguridad puede hacer: no puede restringir derechos constitucionales”.
También celebraron organizaciones sindicales, que emitieron comunicados o utilizaron sus redes para destacar el fallo de Cormick.
Pero este martes, con la concesión del recurso de apelación por parte de la Justicia, el protocolo para el mantenimiento del orden público en casos de cortes de calles permanecerá en vigor hasta que se resuelva definitivamente el caso.
El Gobierno ya había anticipado que apelaría la decisión inicial, defendiendo la herramienta como necesaria para garantizar la libre circulación y el orden público, y aludió además a que la iniciativa cuenta con gran respaldo social.
CON INFORMACIÓN DE NOTICIAS ARGENTINAS.
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