El Juzgado de Niñez, Juventud, Violencia Familia y de Género y Penal Juvenil de la ciudad de Bell Ville dispuso que una mujer sea notificada en quechua de la sentencia que declara a su hija biológica -de ocho años de edad- en condiciones de ser adoptada. Para ello, el tribunal y la defensa redactaron párrafos de lectura fácil, que fueron traducidos por intérpretes del Instituto de Educación Superior de Culturas Aborígenes de Córdoba.
La notificación se llevó a cabo durante una audiencia presencial que tuvo lugar en la sede del juzgado. Asistieron la mujer, que solo habla y entiende quechua, su hermano (bilingüe), la jueza Noelia Azcona y la asesora letrada Vanesa Nigro. Durante ese encuentro, la magistrada le hizo escuchar un audio en su lengua materna. Por medio del texto se explicó a la mujer que si no estaba de acuerdo con la decisión judicial podía recurrirla.
Cuando finalizó el audio, la mujer expresó, a través de su hermano, que había entendido el texto que escuchó y que estaba de acuerdo con la decisión de la jueza Azcona. El acta de la audiencia fue suscripta a través de la impresión dígito pulgar, puesto que la mujer no sabía firmar. También se hizo entrega del texto en quechua en formato papel.
En el acta, la magistrada señaló que en los procedimientos judiciales en los que participen personas en condición de vulnerabilidad “deben respetarse sus creencias, su cultura, su idioma y su tierra”. También enfatizó que, conforme a las Reglas de Brasilia, la madre biológica de la niña presentaba múltiples situaciones de vulnerabilidad, lo cual constituye el concepto de interseccionalidad: es mujer, analfabeta, no habla español, no tiene ingresos propios y pertenece a comunidades indígenas.
En la actualidad, su hija vive con una familia que, desde hace cinco años, se encarga de llevarla a todas las terapias y tratamientos que necesita para alcanzar el desarrollo acorde a su edad. A lo largo de los años, ha generado un vínculo afectivo con sus guardadores y ya identifica ese domicilio como su hogar.
En la notificación, se explica a la madre biológica en qué situación jurídica se encuentra su hija y se le recuerda que, si está en desacuerdo, ella puede oponerse a esta decisión por medio de la Asesoría Letrada del 2° Turno de Bell Ville, a cargo de Vanesa Nigro. También se remarcó que la niña “está muy bien, escolarizada, baila folclore y es una niña feliz” y que, aunque viva con otra familia, seguirá yendo a visitarla y que “conoce muy bien sus orígenes”.
La sentencia declara a la niña en situación de adoptabilidad y, en consecuencia, declara la privación de la responsabilidad parental de la madre biológica. También otorga la guarda judicial con fines de adopción de la niña al matrimonio con el que convive y lo emplaza para que, una vez firme la sentencia, se inicie el proceso de adopción correspondiente.
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