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Rubinstein renunciará luego de la decisión de Macri de derogar el protocolo sobre el aborto

El secretario de Salud de la Nación, Adolfo Rubinstein.

El secretario de gobierno de Salud, de origen radical, renunciaría este viernes o cuando se firme la derogación del nuevo protocolo de aborto no punible, que según afirman en el Ejecutivo, firmó sin autorización de la ministra de Salud y Desarrollo Social y del Presidente. La decisión del presidente abrió una grieta dentro de Juntos por el Cambio, ya que algunos dirigentes como Martín Lousteau criticaron la medida y otros, como Sanz, defendieron a Rubinstein.

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Buena parte del bloque de la UCR en Diputados emitió el miércoles a la noche un comunicado para apoyar la medida impulsada por el funcionario. “Solicitamos al señor Presidente que sostenga la resolución mencionada previamente entendiendo que estas acciones deben enmarcarse en una política pública con perspectiva federal de aplicación articulada en todo el territorio nacional”, escribieron. El comité nacional partidario sacó una declaración en esa misma línea.

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Desde que estalló la polémica, Rubinstein habló por teléfono con el Presidente y le explicó sus razones. También volvió a comunicarse con Peña, quien le habría asegurado que no se derogaría el decreto. Se analizó también la posibilidad de revisar el texto de la resolución sin anular su nuevo espíritu; una salida que habría evitado la renuncia del secretario, según fuentes del diario Clarín.

La clave que llevó a la decisión presidencial fue que la objeción de conciencia no podía impedir que un hospital o centro de salud realizara la interrupción del embarazo. Justamente, a través de este mecanismo, los opositores al aborto han condicionado la ejecución de la medida.

Este miércoles, la Secretaría de Salud  había publicado la actualización del “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”, el cual regía desde 2015, y que se lleva a cabo en los dos casos en que el aborto puede ser practicado de manera legal hasta el momento: cuando se solicite la práctica para evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea producto de una violación.

La resolución Resolución 3158/2019, que el presidente suspenderá, dice en su argumentación, que “la interrupción del embarazo debe ser brindada bajo los mismos parámetros que otros componentes del servicio de salud, es decir, respetando los estándares de calidad, accesibilidad, confidencialidad, competencia técnica, rango de opciones disponibles e información científica actualizada”.

Agrega que “para dar respuesta y garantizar el derecho mencionado, el entonces Ministerio de Salud ya publicó, como antecedente, el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” en el año 2015, que, a su vez, tomó como base las dos ediciones de la “Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles” de 2007 y 2010”.

Y afirma que “la actualización del Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo está diseñada en base a la comprensión fundamental de que todo el personal del efector de salud (incluyendo el administrativo y de seguridad) es responsable de garantizar y no obstruir el derecho a interrumpir un embarazo cuando éste ponga en riesgo la vida o la salud de la persona embarazada o cuando sea producto de una violación”.

VER RESOLUCIÓN COMPLETA.


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