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Regirán desde el 1° de agosto: El Gobierno oficializó los cambios del Monotributo y el monto de las cuotas

La sede central de AFIP, en Buenos Aires.

El Gobierno oficializó este miércoles los cambios en el monotributo aprobados con la Ley Bases y el paquete de medidas fiscales. Las modificaciones actualizan los topes de facturación y las cuotas que regirán a partir del 1 de agosto. La medida fue oficializada a través del decreto 661/2024 publicado en el Boletín Oficial.

El instrumento jurídico detalla que, a partir del 2025, la Afip actualizará los parámetros de facturación en enero y julio de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC y establece que “los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive”.

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Con la reglamentación de los cambios quedan vigentes los aumentos en los montos de facturación, que según la categoría suben del 201% al 301%. También aumentan los montos del precio unitario de venta, que para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías; y en los alquileres devengados anuales, que aumentan del 211% al 309%. También se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social.

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A su vez, las escalas de facturación anual máxima por categoría que regirán a partir del 1 de agosto, serán las siguientes:

-Categoría A: $6.450.000 (+206%).

-Categoría B: $9.450.000 (+202%).

-Categoría C: $13.250.000 (+208%).

-Categoría D: $16.450.000 (+202%).

-Categoría E: $19.350.000 (+202%).

-Categoría F: $24.250.000 (+203%).

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-Categoría G: $29.000.000 (+202%).

-Categoría H: $44.000.000 (+270%).

-Categoría I: $49.250.000 (+269%).

-Categoría J: $56.400.000 (+269%).

-Categoría K: $68.000.000 (+301%).

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Por otro lado, también se incrementan las cuotas que deben pagar los monotributistas. Las mismas serán las siguientes:

-Categoría A: Pasa de $12.128,39 a $26.600.

-Categoría B: de $13.561,75 a $30.280.

-Categoría C: de $15.503,51 a $35.458 para servicios y de $15.241,42 a $34.658 para la venta de productos.

-Categoría D: para servicios de $19.497,94 a $45.443,80, y de $19.066,46 a $44.343,80 los que venden productos.

-Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18 (servicios) y de $24.526,43 a $58.148,18 venta de cosas muebles.

-Categoría F: de $33.137,61 a $80.983 para los servicios, y para los que venden productos, de $29.223,11 a $69.783.

-Categoría G: de $38.694,95 a $123.696,20 para servicios y de $33.439,61 a $85.296,20 para los productos.

-Categoría H: para servicios de $66.111,51 a $280.734,68. Mientras, los que venden bienes, de $56.402,68 a $170.734,68.

-Categoría I: la cuota mensual pasaría de $81.121,96 a $255.108,55 para quienes realizan ventas. Los que facturen por servicios y entren a la categoría, en tanto, abonarían $517.608,55.

-Categoría J: de $93.619,47 pasaría a $311.931,97 para ventas y llegaría a $626.931,97 en el caso de los servicios.

-Categoría K: la cuota mensual se irá de $106.964,65 a $377.084,75. En servicios, ascendería a $867.084,75.

El Valle

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