El próximo 15 de noviembre vence el plazo para declarar mejoras o ampliaciones de inmuebles y así evitar la aplicación de multas y recargos, recuerda la Dirección General de Catastro.
Catastro, que depende del Ministerio de Finanzas, dio a conocer un nuevo servicio online para poder hacer la declaración de metros cuadrados construidos, “de manera simple y desde Internet, sin necesidad de que el contribuyente se dirija a oficinas de atención ni presente formularios”.
La información afirma que “hasta el 15 de noviembre de 2017, todo lo declarado voluntariamente se considerará válido y no generará multas ni obligaciones retroactivas, y será incorporado en el impuesto de 2018″.
El servicio se encuentra disponible tanto en la nueva web de Catastro como en la de Rentas. En ambos casos, puede iniciarse sesión con clave de Ciudadano Digital o Clave Fiscal de AFIP.
¿Qué se puede declarar?
Construcciones nuevas, ampliaciones o demoliciones, según el tipo de propiedad:
>Inmueble Urbano Edificado: puede declarar una ampliación o demolición total o parcial.
>Inmueble Urbano Baldío: sólo se puede declarar una construcción.
>Inmueble Rural sin construcciones: puede declarar una construcción principal y una complementaria.
>Inmueble Rural con construcciones: puede declarar una ampliación o demolición total o parcial.
¿Cómo se utiliza el servicio?
Desde la nueva Web de Catastro, haciendo clic en la sección “Declaración de Mejoras”, ingrese el Número de Cuenta del inmueble sobre el que informará las modificaciones, e inicie sesión con Clave Fiscal o CiDi.
También se accede al servicio desde la Web Rentas Córdoba, ingresando al “Perfil Tributario” y haciendo clic en el ícono de “Mejoras”, en la grilla “Mis Impuestos”.
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