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Yanicelli cobra una jubilación de $52.335,31 y sigue siendo policía

Carlos "Tucán" Yanicelli, a la izquierda, con lentes. (Archivo)

Carlos “Tucán” Yanicelli, a la izquierda, con lentes. (Archivo)

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Secuestró. Torturó. Asesinó. Desapareció gente. Pero sigue siendo policía. Amenazó, sembró terror, fusiló, saqueó propiedades. Pero sigue siendo policía. Lo condenaron a perpetua hace casi siete años. Pero sigue siendo policía.

Con sólo escuchar el apellido Yanicelli, muchos en Córdoba se estremecen. Conocido como el “Tucán Chico”, fue parte de la patota del D2, brazo ejecutor de la represión en buena parte de la provincia.

Carlos Yanicelli fue de entre sus miembros uno de los que siempre se las arregló para sobresalir. Al punto tal que luego, con la restauración de la democracia, escaló posiciones hasta integrar la jerarquía que condujo la policía provincial durante el gobierno radical de Ramón Mestre (’95 al ’99). El entonces ministro de Gobierno, Oscar Aguad, lo designó director de Inteligencia Criminal de la Policía de Córdoba.

Sólo porque algún valiente se animó a señalarlo cuando estaba en la cresta de su carrera, es que el comisario mayor Carlos Yanicelli no llegó a lo más alto. Ese valiente fue Luis Urquiza, ex policía y ex detenido desaparecido de la dictadura, en manos del propio Yanicelli. Denuncia que le valió a Urquiza un nuevo exilio a Dinamarca, cuando el ministro Aguad admitió que no podría garantizarle seguridad.

Luego de un largo proceso judicial, el 22 de diciembre de 2010, Yanicelli y buena parte de la patota del D2 fueron hallados culpables por múltiples delitos horrendos y condenados a prisión perpetua en el marco del juicio por los fusilamientos de la UP1, Penitenciaría de San Martín.

Hacía ya un año que habitaba una celda en el penal de Bouwer, luego de abandonar la “comodidad” de su prisión preventiva en la Guardia de Infantería, donde pasaba los días a sus anchas, vigilado por sus subordinados.

Ese hombre, Carlos Yanicelli, es el que a siete años de condenado sigue revistiendo estado policial, por el cual cobra cada mes una jubilación de $52.335,31, conforme lo señalado por la última liquidación de Anses, con datos de lo abonado por la Caja de Jubilaciones de Córdoba. Había terminado 2016 cobrando 44.977 pesos. En marzo de 2017 se vio favorecido por un ajuste retroactivo, que llevó su salario a 59.694 pesos, para luego ubicarse en la cifra de abril último. En lo que va de 2017 ya se le llevan liquidados 201.984 pesos, que alcanzarían a fin de año 516.803 pesos, sin contar las mejoras salariales que llegarán a partir de julio.

Documentación de la Anses, donde se consigna el sueldo bruto del exrepresor Carlos Yanicelli.

 

Como si nada

¿Por qué razón Yanicelli sigue cobrando sus haberes como si no hubiera tenido ninguna mancha en su foja de servicio?

El primer dato es que Yanicelli no es el único. En la misma situación que él están todos los expolicías del D2 y del Comando Radioeléctrico, quienes pese a haber sido condenados por delitos de lesa humanidad, siguen en su totalidad cobrando jugosas jubilaciones.

¿Por qué cobran? Básicamente porque hasta tanto no sean dados de baja, Yanicelli y compañía siguen siendo personal policial. En retiro, pero personal policial al fin. Esto los pone incluso en la posibilidad de que cuando cumplan sus condenas, o bien cuando salgan en libertad condicional, eventualmente podrían ser llamados a servicio o bien cubrir adicionales. Como si nada.

Tal situación obedece a lo establecido por la ley 6.702 de Personal Policial, que garantiza a los uniformados estabilidad de por vida a quienes revistan ese estado, lo cual los habilita para cobrar la jubilación de la Caja provincial. No es la Policía la que les paga, sino la Caja, como a cualquier jubilado provincial, aunque ellos técnicamente no lo sean.

Para darles recepción en su régimen especial, el organismo previsional pone como único requisito el hecho de conservar su pertenencia a la fuerza, tal como lo señala en su artículo 91 la ley 8.234 que rige su funcionamiento.

O sea que todos estos “buenos muchachos”, condenados por delitos aberrantes, siguen perteneciendo a la Policía. Y esto es así porque el Tribunal de Conducta Policial y Penitenciaria no se ha expedido sobre sus casos concretos, pese a que cuentan con una condena penal desde 2010.

No tengo ninguna duda de que siguen cobrando sus jubilaciones. Lo que vamos a hacer, cuando queden firmes las sentencias, es pedir que pierdan el estado policial”, sostuvo Claudio Orosz, abogado querellante.

La misma ley de Personal Policial es la que establece los requisitos para que a un policía se le dé la baja. El artículo 19 de la ley 6.702 fija como razones para esa máxima sanción el haber recibido “sentencia condenatoria firme que no admita ejecución condicional”, o bien “sentencia condenatoria firme que impusiere inhabilitación absoluta para el desempeño de cargos públicos”. Ambos requisitos cumplen Yanicelli y compañía, salvo el hecho de que la sentencia esté firme.

Y esto es lo que resulta de algún modo inverosímil, ya que pese a que el TOF1 halló culpables a todos estos policías, y que la sentencia fue confirmada por la Cámara Nacional de Casación Penal, el fallo se encuentra aún trabado en la Corte Suprema de Justicia, luego de sucesivas casaciones, a la espera de quedar firme.

Carlos Yanicelli en una imagen de 1996, cuando todavía prestaba servicio en la Policía de Córdoba. (Foto Gentileza: El Diario del Juicio).

“No está firme todavía porque subieron a la Corte las casaciones de Osvaldo Quiroga y Francisco Daloia. Por eso estamos a la espera para poder avanzar sobre el tema”. Quien responde ante la consulta de ENREDACCIÓN es Claudio Orosz, abogado querellante en sucesivas causas por delitos de lesa humanidad. “No tengo ninguna duda de que siguen cobrando sus jubilaciones. Lo que vamos a hacer, cuando queden firmes las sentencias, es pedir que pierdan el estado policial”, agregó.

Doble vara

“Es una barbaridad lo que están haciendo”, dispara René Zabala, secretario general de la Unión de Policías y Penitenciarios Argentina Córdoba (UPPAC), el gremio que intenta avanzar con la sindicalización de las fuerzas de seguridad. “Conocemos perfectamente que la reglamentación del Tribunal de Conducta estipula que los expedientes son independientes. Es decir, no es necesario que haya una sentencia firme para que el Tribunal de Conducta actúe, siempre que haya evidencias. Y en este caso, las evidencias son abrumadoras e incluyen dos instancias judiciales de condenas”, sostuvo Zabala.

Le resulta imposible no cotejar esta situación con la que han vivido decenas de policías cesanteados por cuestiones nimias, tales como compartir una publicación en Facebook, o haber convocado a una reunión informativa sobre cuestiones gremiales.

Ejemplo del primero de los casos es el de Fernando Ceballos. Con casi cinco años de antigüedad en la fuerza, en marzo de 2014 fue expulsado por darle “Compartir” a una publicación en la red social. “Sí, era una publicación que criticaba a algunos jefes policiales, pero no personalizaba en nadie”, le cuenta a este medio, señalando que no tuvo posibilidad alguna de defensa y que fue inmediatamente pasado a disponibilidad. “Todavía no he logrado que me paguen la liquidación final ni las vacaciones que me deben”, se quejó.

Aún más categórica fue la sanción contra el oficial principal Gustavo Montero, a quien le dieron la baja por haber convocado a una reunión informativa fuera de horario laboral y fuera de dependencia policial. “Esto es grave”, calificó Montero ante la consulta de este medio acerca de la situación de Yanicelli. Al referirse a los expolicías del D2, sostuvo: “Ellos tendrían que haber sido exonerados y perder el estado policial y la jubilación, que es lo que nos pasó a nosotros pero por algo muy diferente”.

“Ellos tendrían que haber sido exonerados y perder el estado policial y la jubilación, que es lo que nos pasó a nosotros pero por algo muy diferente”.

En el caso de Montero, la sanción del Tribunal de Conducta policial barrió con 28 años de aportes jubilatorios, cuando sólo le faltaban dos para llegar al retiro. Y pese a tener dos fallos judiciales favorables en los que se ordena su reincorporación a la fuerza policial, la Provincia ha continuado apelando y hoy su causa se encuentra a decisión del Tribunal Superior de Justicia.

“Es insólito que dos compañeros pierdan el salario y la jubilación por una cuestión tan nimia, y mientras tanto tengamos genocidas como Yanicelli, Jabour, Rocha y compañía que siguen cobrando como si nada y ostentan su condición de policías, con jerarquías y todo”, criticó Zabala.

La misma ley 6.702 contempla como supuesto para la pérdida del estado policial el hecho de haber recibido “resolución condenatoria recaída en sumario administrativo, con sanción de cesantía o exoneración” (artículo 19, inciso c). Es decir, que no pone como requisito un fallo judicial firme para que se sustancie ese sumario. Más adelante, en el capítulo de Bajas y Reincorporaciones, prevé como causal de baja el recibir “sanción disciplinaria de cesantía y exoneración” (artículo 77, inciso f). Esto es precisamente lo que -de haber voluntad política y administrativa- habilitaría a tomar una resolución sin necesidad de esperar a que los fallos queden firmes.

“El problema es que a estos tipos que fueron los peores represores de la historia de la Policía jamás se les abrió un sumario interno”, se quejó Zabala, para quien “está claro cómo es que valora las causales el Tribunal de Conducta Policial”.

“El problema es que a estos tipos que fueron los peores represores de la historia de la Policía jamás se les abrió un sumario interno”, se quejó Zabala, para quien “está claro cómo es que valora las causales el Tribunal de Conducta Policial”.

Este medio intentó contactar a Ana Becerra, directora de ese organismo. Sin embargo, desde su secretaría privada se excusaron al señalar que “la doctora” se encontraba en el exterior. Tampoco accedieron a que pudiera ser consultado algún vocal, técnico o asesor legal de ese Tribunal. “Lo vamos a llamar si tenemos alguna información que comunicarle”, respondieron desde la privada.

El antecedente militar

Más allá de lo que corresponde al estado policial, que tiene un carácter simbólico importante, lo cierto es que por detrás de esta discusión corre lo económico, es decir, las jubilaciones. Y en este terreno, los antecedentes parecen jugar a favor de los ex represores.

Al menos eso se desprende del criterio que ha venido sosteniendo el Tribunal Oral Federal 1 -el mismo que los condenó- en los casos de los militares quienes, al quedar firmes sus sentencias, perdieron su condición de tales, pero no sus haberes de retiro.

Para ser precisos, en realidad tal situación sí se dio entre diciembre de 2013 y marzo de 2014, luego de que quedara firme la sentencia en la causa Brandalisis, el primero de los juicios por delitos de lesa humanidad que se celebró en Córdoba, cuyo fallo se conoció en agosto de 2008.

Durante algo más de cuatro meses, los condenados Luciano Benjamín Menéndez, Luis Alberto Manzanelli, Carlos Alberto Vega, Carlos Alberto Díaz, Oreste Valentín Padován y Jorge Exequiel Acosta dejaron de percibir sus haberes de retiro, luego de haber perdido sus estados militares al ser dados de baja del Ejército por resolución del Ministerio de Defensa.

Sin embargo, la defensas de Menéndez y del resto de los condenados lograron torcer la resolución en lo relativo al pago de haberes, al convencer al TOF1 de que se trataba de una medida “confiscatoria” de los aportes jubilatorios que todos esos exmilitares habían realizado durante su etapa activa. Con ello se dejó de lado la aplicación del artículo 19 inciso 4 del Código Penal, que prevé para los condenados “…la suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro, civil o militar, cuyo importe será percibido por los parientes que tengan derecho a pensión”.

El fallo del TOF1 entendió que se podría privar de los haberes en caso de pensiones graciables, es decir, las que no sean fruto de aportes previsionales. Pero hacerlo en estos últimos casos hubiera vulnerado el derecho de propiedad, según se desprende del fallo al que tuvo acceso ENREDACCIÓN.

Desde la Secretaría de Ejecución Penal del TOF1 confirmaron que no ha ingresado ningún pedido de este tipo por parte de ex miembros de la fuerza policial, pero evalúan que “se aplicaría el mismo criterio”.

Si bien fue uno de los que intentó revertir la medida, el propio querellante Claudio Orosz entiende que es difícil ir en contra del criterio aplicado. “En su momento hicimos el planteo y fue rebatido por el Tribunal. Y entendemos que hay motivos para que sea así. Por eso no creo que podamos pedir que les saquen la jubilación. Lo que sí, vamos a insistir con la baja y la pérdida del estado policial ni bien estén firmes las sentencias”, concluyó.

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