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En Bell Ville: La justicia condena a la Municipalidad por prácticas antisindicales y le ordena que retenga la cuota sindical

El edificio de la Municipalidad de Bell Ville.

La jueza de Primera Instancia de Bell Ville, Valeria Guiguet condenó a la Municipalidad de esa ciudad del Este provincial cuyo titular es el radical Carlos Briner por “realizar prácticas desleales y antisindicales contra ATE y, por carácter transitivo, contra los trabajadores municipales a su cargo, al negarse a realizar la retención de la cuota sindical, tal como lo establece la Ley de Asociaciones Sindicales y las resoluciones del Ministerio de Trabajo”.

A su vez, la magistrada ordenó que la comuna comience a realizar la cuota sindical en el recibo de haberes de aquellas trabajadoras y trabajadores que son afiliados de ATE, “intimándole a sufrir altas multas en el caso de incumplimiento de la sentencia”.

La información fue dada a conocer por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) a través de un comunicado de prensa.

El secretario General de ATE Córdoba, Federico Giuliani, destacó que la sentencia “termina con la omnipotencia de un intendente como Carlos Briner, que se cree con derecho a elegirle el gremio a los trabajadores. Ahora comienza a imperar la libertad y democracia sindical en Bell Ville como ya existe en otros 100 municipios de la provincia donde ATE tiene presencia organizada”.

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Guiguet apunto en el fallo que hizo lugar “a la demanda entablada por la Asociación de Trabajadores del Estado -ATE- en contra de la Municipalidad de Bell Ville y en consecuencia ordenó a la demandada que proceda a actuar como agente de retención de los importes que, en concepto de cuota de afiliación, deban tributar los trabajadores y las trabajadoras afiliadas a la Asociación Trabajadores del Estado que se desempeñan en el ámbito de la Municipalidad”.

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Para la abogada de ATE Córdoba María Terragno “el fallo completa una serie resoluciones judiciales que venimos obteniendo donde los jueces de la provincia determinan el derecho que nos asiste, como entidad sindical representativa de trabajadores provinciales y municipales, ordenando que los empleadores actúen como agentes de retención de la cuota sindical de nuestros afiliados”.

La letrada explicó el fallo refuerza “un derecho colectivo del sindicato, como individual de cada afiliado y afiliada a poder organizarse y adherir a un sindicato del sector público que los represente, y por lo tanto poder aportar con su cuota sindical”.

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