Conéctate con nosotros

Hola que estas buscando

Noticias

Condenan a un supermercado a pagar 2 millones por transgredir el principio de trato digno al consumidor

El Juzgado en lo Civil, Comercial y Familia de 2° Nominación de Bell Ville condenó a una cadena de supermercados con sede en la ciudad a resarcir los daños morales y psicológicos ocasionados a dos personas que sufrieron malos tratos por parte de dos empleados del centro comercial.

Los clientes habían sido acusados de retirarse del establecimiento con mercadería que no habían pagado, cuando, en realidad, el sistema de alarmas se había activado por error en la lectura del ticket.

Picadas

La sentencia también condena a pagarle a los damnificados 200.000 pesos, más intereses, en concepto de daño punitivo, “en atención a la finalidad persuasiva que tiene tal sanción”. Para resolver así, la jueza Elisa B. Molina Torres tuvo en cuenta la envergadura económica de la sociedad demandada, que opera en el mercado a través de una cadena reconocida de supermercados distribuidos en el país.

En tal sentido, la sentencia señaló que la finalidad de la multa es compeler a la empresa “a implementar las medidas adecuadas para que no se reiteren hechos dañosos (…) en el fututo”.

EPEC

Luego de determinar la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, la magistrada consideró que los dependientes del supermercado que intervinieron en el hecho no actuaron con la discreción, prudencia y reserva que merecía el caso. Esto, sumado a que el acontecimiento ocurrió en una hora pico de concurrencia de público, cerca de las 11 horas, en una ciudad en la que los damnificados eran conocidos.

La jueza Molina Torres sostuvo que ello configuró una práctica abusiva, sancionadas por el artículo 8 bis de la Ley n.° 24.240, que prevé que los proveedores deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

Río Cuarto

A su vez, confirmó que la empresa tenía conocimiento sobre los posibles errores del sistema de alarmas, que podían activarse por causas no imputables al cliente, y destacó que el supermercado “debió extremar sus diligencias para corregir tales errores o, al menos, implementar prácticas que aminoren los efectos no queridos de tal hecho para no afectar los derechos del cliente ante tales acontecimientos”.

>> Si estás de acuerdo con el periodismo crítico y comprometido, te invitamos a asociarte a ENREDACCIÓN, el sitio de noticias con información de Córdoba: INGRESÁ AQUÍ.

>> También podés comprar libros, información y cultura en La Tienda de ENREDACCIÓN.

>> ©Enredacción. Está prohibida la reproducción de este artículo.

Haga clic para comentar

Comentario:

SIRELYF
Clima en tu ciudad
Columnistas

Te puede interesar

Noticias

El desfile militar del 9 de julio, Día de la Independencia nacional, en Buenos Aires, tuvo un momento que se robó todas las fotos...

Análisis del editor

El presidente ultraderechista Javier Milei es el estandarte de una revolución de los ricos y poderosos. En las primeras horas del 9 de julio...

Noticias

El intendente Daniel Passerini anunció la incorporación de 20 nuevas unidades 0km que comenzarán a prestar servicio a partir de este viernes a las...

Noticias

Un Informe del Observatorio de Trabajo, Economía y Sociedad (OTES) señala que el presupuesto de salud en la Provincia de Córdoba es el más...