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Curiosa resolución en la Causa Cuadernos: Procesan a Baratta y sobreseen a Paolo Rocca y Luis Benatza de Techint por el pago de sobornos

Paolo Rocca de Techint.

El juez federal Julián Ercolini procesó ayer al exsubsecretario de Coordinación y Control del ministerio de Planificación Roberto Baratta y sobreseyó al CEO de Techint, Paolo Rocca; al director de la compañía Luis Betnaza y al supuesto encargado de entregar el dinero, Héctor Zabaleta, en la investigación por pago de coímas surgida del llamado “Caso de los Cuadernos”.

El magistrado tuvo por acreditado que existieron los “pagos indebidos” reseñados en los cuadernos del ex chofer de Baratta, Oscar Centeno, aunque eximió de responsabilidades a los empresarios, porque sostuvo que las erogaciones de dinero habrían sido para evitar “serias afectaciones a la libertad e integridad” de personas vinculadas con la multinacional.

Los sobreseimientos dictados por Ercolini -que estos días subroga el juzgado que estuvo a cargo del fallecido juez Claudio Bonadio- beneficiaron al CEO de Techint, Paolo Rocca; al director de la compañía Luis Betnaza y al supuesto encargado de entregar el dinero Héctor Zabaleta, según surge del fallo al que accedió Télam.

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Durante la investigación judicial, uno de los directivos de la corporación Techint sostuvo que los presuntos pagos estuvieron vinculados a la necesidad de que el Gobierno kirchnerista realizara gestiones ante la administración de Hugo Chavez en Venezuela (2008) por expropiación de la compañía siderúrgica SIDOR.

“Entiendo que si bien la conducta endilgada a Betnaza y Zabaleta (de ordenar y ejecutar los pagos, respectivamente, a un funcionario público) podría tener relevancia penal en cuanto su adecuación típica, considero que, por los hechos acreditados que han sido reseñados, habría mediado una causal de justificación, en los términos del artículo 336, inciso 5to. del Código Procesal Penal de la Nación, que conlleva el dictado del sobreseimiento de los nombrados”, sostuvo el juez Ercolini.

Epec

“Su accionar habría tenido como única y forzada motivación la de evitar serias afectaciones a la libertad e integridad de las personas que trabajaban en Venezuela en una de las empresas del grupo económico al que pertenecían”, afirmó el magistrado.

Luego sostuvo -en relación a Baratta- que “la ausencia de responsabilidad en los sucesos de los empresarios a los cuales se les atribuyó la entrega del dinero -la cual tuvo como origen la exigencia del funcionario ante una situación de emergencia-, no obsta a que la recepción de dinero por parte del funcionario público implicado resulte ser una conducta que se subsume directamente bajo el tipo penal analizado”.

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