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Acuerdo con el FMI: Aplicarán el impuesto PAÍS a las importaciones

Un comercio de productos electrónicos y del hogar en Córdoba capital.

El Gobierno oficializó este lunes la decisión de aplicar el impuesto PAIS a la compra de divisas para la importación de una serie de bienes y servicios, a través del Decreto 377/2023 publicado en el Boletín Oficial.

La norma precisa que no se grava la importación de los bienes y servicios sino la compra de billetes para hacer esa operación, ya que quien tenga dólares podrá utilizarlos sin pagar este impuesto.

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Así se generaliza el pago del impuesto PAIS del 25% para la compra de dólares destinados al pago de todos los servicios en el exterior, excepto fletes, que se aplicará una alícuota del 7,5%; salud y educación, que quedan exentos; y los recitales, que ya pagan 30%.

El impuesto lo perciben los bancos al momento de que los importadores acceden al Mercado Libre de Cambios, y no se aplica si se paga con dólares propios.

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Además, un impuesto PAIS del 7,5% también se aplicará a la compra de dólares para la importación de bienes, pero no se aplica si se paga con dólares propios, excepto medicamentos y material para combatir el fuego, combustibles, lubricantes, vinculados a la generación de energía, y a la cadena de componentes de la canasta básica alimentaria.

Este impuesto se aplica sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca, y Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.

Por su parte, los bienes suntuarios siguen pagando 30% de impuesto.

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Asimismo, no se aplica el impuesto a las importaciones temporales (como automotriz o el sector agrícola) siempre y cuando la venta del producto terminado sea previa a la compra del insumo. Por ejemplo, se tendrá que vender la camioneta antes de comprar las baterías.

En el artículo 5 se establece una modificación en la recaudación incremental del impuesto, que se destinará en un 65% al financiamiento de programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y el 5% al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Inssjp, más conocido como PAMI), quedando el 30% restante sin cambios para el Fondo de Integración Socio Urbana (FISU).

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El resto del producido seguirá con la misma distribución fijada en el decreto 184 del 26 de febrero de 2020, que estableció un 42% para la Anses y un 28% para el PAMI.

> Con información de TÉLAM.

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