El recurso de amparo fue presentado por padres de alumnos que concurren al colegio Manuel Belgrano, uno de los dos que dependen de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC). El juez Sánchez Freytes hizo lugar a la medida al privilegiar el derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes, por sobre los derechos sindicales de los docentes. La decisión tendrá vigencia hasta tanto se sustancie la cuestión de fondo. El punto de vista del magistrado seguramente generará múltiples debates, ya que frente a la colisión de los derechos a la educación de los chicos y de huelga de los docentes, privilegió al primero.
Sánchez Freytes apunta en ese sentido, que “no cabe duda que las cuestiones que fundan o dan origen a las asambleas resultan de menor envergadura frente al derecho a la educación reconocidos por el artículo 14 de la Constitución Nacional, el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y el artículo 28 de la Convención sobre los Derechos del niño, siendo que los nombrados tratados integran la Constitución Argentina a partir de la reforma de 1994. Y si bien, la realización de la “asamblea” resulta un engranaje del derecho a reclamar de los docentes, la misma debe encausarse en un contexto de racionalidad, permitiendo paralelamente el ejercicio y la continuidad del derecho a la educación que poseen los alumnos”.
VER RESOLUCIÓN COMPLETA – COLEGIO MANUEL BELGRANO.
La intervención judicial se produjo luego de la denuncia de un grupo de padres de alumnos del colegio que reclamaban por el derecho a estudiar de sus hijos, dado que habían tenido hasta el momento sólo dos días y medio de clases.
Por su parte, los docentes que están nucleados en ADIUC (Asociación Docentes e Investigadores Universitarios de Córdoba) habían adherido a distintas medidas de fuerza en demanda de incrementos salariales y sostenido asambleas para reclamar la titularización de profesores del colegio.
El rector de la UNC, Hugo Juri le dijo ayer a Cadena 3 que “espero que terminemos con estas, entre comillas, asambleas. Nunca se nos notificaron las razones por las cuales tomaban estas medidas de fuerza”.
Así, el juez, en su tramo resolutivo hizo lugar “a la medida cautelar solicitada” y (…) ordenó “la suspensión del estado de asamblea dispuesto por los docentes de la Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano de esta ciudad de Córdoba”.
También dispuso “el inmediato retorno a las aulas de los docentes a los fines del dictado de clases, debiendo las autoridades de la Universidad Nacional de Córdoba y de la institución educativa arbitrar las medidas necesarias tendientes al cumplimiento de lo ordenado”.
En el punto 2 de la resolución asegura que “conforme al estado actual de la situación que se denuncia en el amparo, deberán las demandadas implementar todas las medidas conducentes para zanjar en un corto plazo la controversia suscitada con los docentes con el marco legal con el que cuentan y a fin de evitar la reiteración de situaciones similares a las que nos ocupa”.
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