La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso extraordinario presentado por el ex gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, y dejó firme el sobreseimiento de Milagro Sala en la causa conocida como “los huevazos”.
El caso, que involucraba a la dirigente social y líder de la organización Tupac Amaru, se originó tras una manifestación contra Morales en 2009 en la que Sala no estuvo presente.
Marcos Aldazabal, abogado especialista en Derecho Penal y defensor de Sala, señaló que esta decisión pone fin a “un caso de persecución política”.
El abogado destacó en un hilo de Twitter (X) las que considero graves irregularidades que marcaron el proceso: “Milagro había sido condenada con un solo testimonio, el de una persona que dijo que ella había organizado la manifestación. Esa persona fue imputada por falso testimonio: negó trabajar para Morales, y un informe reveló que era mentira”, sostuvo.
Además, Aldazabal detalló cómo se construyó la causa a partir de maniobras irregulares: “Dijo que había denunciado porque se encontró con el abogado de Morales ‘de casualidad’, que le indicó que podía denunciar lo sucedido. Negó haber hablado nuevamente con este abogado, pero un registro de llamadas mostró conversaciones el día antes de su declaración”.
Otro de los puntos críticos del caso fue la negativa del Tribunal Oral Federal (TOF) de Jujuy en 2021 a declarar la prescripción de la causa, pese a que había superado el plazo legalmente establecido. Aldazabal subrayó que la Cámara de Casación Federal les dio la razón y, hoy, la Corte confirmó la decisión.
La causa Huevazos es de vieja data. A Sala se la acusó de ser la instigadora de un ataque con huevos contra Gerardo Morales, en 2009, cuando el referente de la UCR era senador nacional por Jujuy.
En 2016, ya con Mauricio Macri en la Presidencia y Morales en la Gobernación de Jujuy, Sala fue condenada a tres años de prisión en suspenso por el delito de daño agravado “en su carácter de instigadora”, mientras fue sobreseída por la figura de amenazas porque el Tribunal Oral Federal (TOF) de Jujuy consideró prescripta esa acción.
Sin embargo, la Cámara de Casación, en junio de 2017, con las firmas de Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani, intervino, agravó el tipo penal a “amenazas coactivas” y ordenó que se dictara una nueva sentencia. Entonces, el TOF jujeño agravó la pena para la dirigente kirchnerista, sumándole seis meses de condena al fallo dictado, lo que llevó a los abogados defensores a recurrir nuevamente esa sentencia.
En agosto del 2021, Casación, con los jueces Javier Carbajo, Ángela Ledesma y Liliana Catucci, anuló la condena a tres años de prisión en suspenso. Este tribunal también entendió que la causa por daños y amenazas había prescripto. La querella apeló aquella decisión y la Corte rechazó ese recurso extraordinario.
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