El Gobierno provincial lanzó un plan de facilidades de pago en 1, 12, 24 y hasta 36 cuotas para deudas impositivas y multas de la Policía Caminera vencidas al 31 de diciembre de 2021. Lo hizo a través del decreto 459 que fue publicado en el Boletín Oficial.
La posibilidad de acceder a la nueva moratoria se extiende hasta el 30 de septiembre de este año y los contribuyentes que se adhieran recibirán la condonación parcial de recargos resarcitorios, intereses y/o accesorios no abonados:
-Del 30 % si abonan en un sólo pago.
-Del 15% si pagan en hasta 12 cuotas.
-Del 10% si optan por el plan de pago de entre 13 y hasta 24 cuotas.
-Del 5% entre 25 y 36 cuotas.
-La tasa de interés de financiación será de 1,5% mensual acumulativo.
El plan de pagos incluye pagos a través del débito directo en cuenta, con tarjeta de crédito o con cualquier otro medio de cancelación electrónica que disponga Rentas y la solicitud y adhesión al plan de facilidades de pago deberá realizarse por medio de la página web de la Dirección General de Rentas, con excepción de aquellos casos que autorice dicho organismo.
Fueron incluidas las deudas por los siguientes impuestos:
-Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
-Impuesto Inmobiliario.
-Impuesto de Sellos.
-Impuesto a la Propiedad Automotor.
-Impuesto a las Embarcaciones.
-Tasas Retributivas de Servicios, excepto Tasa de Justicia.
-La deuda (capital y sus intereses) de los agentes de retención, percepción y/o recaudación por la omisión de actuar en tal carácter.
-Multas provenientes de infracciones al régimen de agentes de información.
-Multas que correspondan a los agentes de retención, percepción y/o recaudación, por la omisión de ingresar los importes respectivos, en su actuación en tal carácter, siempre que el capital y los intereses se encuentren previamente cancelados.
-Multas que correspondan a los responsables sustitutos por la omisión de ingresar los importes respectivos, en su actuación en tal carácter, en tanto el capital y los intereses que motivan la sanción se encuentren previamente cancelados.
El decreto también señala que se encuentran también comprendidas las deudas en gestión de cobro o discusión en sede administrativa o judicial y sus honorarios.
Al momento de realizar el plan de pagos, el contribuyente deberá abonar la primera cuota y el 10 de cada mes vencerán las demás cuotas hasta finalizar el plan de pagos, el cual se dará por caído cuando “se verifique el incumplimiento en el pago de 3 cuotas consecutivas o no, o cuando a los 60 días corridos del vencimiento de la última cuota solicitada no se hubiera cancelado íntegramente el plan de facilidades de pago”, lo que implicará la pérdida de los beneficios.
Finalmente, el decreto establece que el contribuyente “podrá solicitar la cancelación anticipada de la totalidad de la deuda incluida en un plan de pago vigente y sin cuotas vencidas adeudadas, ingresando las cuotas impagas no vencidas al valor de la próxima cuota más la sumatoria de las siguientes, deduciendo de las mismas el valor correspondiente al interés de financiación incluido en las mismas”.
>> VENCE EL INMOBILIARIO RURAL
El martes 10 de mayo vence el pago anual del Impuesto Inmobiliario Rural. Para quienes eligen el pago mensual, vencen las cuotas 1 a 4.
El Ministerio de Finanza detalló distintas modalidades para abonar esta obligación tributaria: Pago anual, Pago mensual y Débito Automático. Los beneficios son los siguientes:
-30% de descuento para quienes están al día en todos los impuestos provinciales a su nombre.
-10% de descuento para quienes elijan hacer el Pago anual.
-5% de descuento por pago online. Alcanza a quienes cumplen con las Buenas Prácticas Agropecuarias o la Ley Agroforestal.
Mientras que por Débito Automático, el contribuyente puede obtener un 10% extra de descuento si es una nueva adhesión.
Las consultas pueden a través de los siguientes canales habilitados:
-Chat en Línea, ingresando RentasCordoba.gob.ar
-Facebook, ingresando a RentasCba
-Rentas Te Llama, solicitando turno al 0800.444.8008, opción 4.
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