“Desde el Colegio de Abogados logramos movilidad ascendente en el valor de los honorarios profesionales”, dijo el presidente del Colegio de Abogados de Córdoba Ignacio Segura al finalizar la sesión de la Legislatura provincial.
La modificación a la ley que modifica el Código Arancelario para Abogados y Procuradores aprobada por la Legislatura de la Provincia de Córdoba “ratifica la progresividad positiva del valor del JUS y su carácter obligatorio, inderogable e irrenunciable”, resaltó Segura. Cabe recordar que cada JUS tiene un valor de 1526,68 pesos.
Agregó que “esta medida le permite a los profesionales discutir el valor de sus honorarios, en el hipotético supuesto de inmovilidad del mismo, con la conformación de una comisión mixta integrada por el Poder Judicial de Córdoba y los representantes de la abogacía organizada”.
“Es de suma importancia que sea replicado en la normativa de fondo la movilidad ascendente del valor de los honorarios profesionales de los abogados y abogadas de la provincia de Córdoba, para que no hubiere ninguna interpretación distinta a la naturaleza jurídica del JUS”, explicó el presidente del ente colegiado.
“Recientemente, la Administración del Poder Judicial de Córdoba hizo una interpretación equivocada de la ley arancelaria, disponiendo una reducción en el 10 por ciento del valor actual del JUS, generando una pérdida en el valor adquisitivo de los honorarios profesionales de los abogados y abogadas”, reseñó Segura y aportó que “luego de una larga lucha de la abogacía organizada de toda la provincia, logramos que el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, dictara el acuerdo número cincuenta y cinco restableciendo su valor al importe el mes de Diciembre de 2019”.
Por último, otro aspecto fundamental de la revisión de la ley arancelaria, es la necesidad de asegurar los mínimos arancelarios, y la irreductibilidad de los mismos. “Celebramos que los legisladores que integran la comisión de Legislación General y Asuntos Constitucionales aceptaran la propuesta de eliminación del último párrafo del art. 36 de la Ley 9459, con ello resguardamos los mínimos arancelarios, los que ya no podrán ser perforados en los procesos judiciales, de este modo jerarquizamos nuestra labor profesional”, concluyó Segura.
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