El presidente Mauricio Macri decidió privatizar frecuencias del espacio radioeléctrico asignadas de forma exclusiva a ARSAT (Empresa Argentina de Soluciones Satelitales). Lo hizo a través del decreto 58/2019 publicado en el Boletín Oficial en el día de ayer. La decisión habilita al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) a poner en concurso bandas de frecuencia de 3G y 4G para las empresas de Telecomunicaciones, tanto internacionales como locales, lo que les permitirá avanzar en todo el país con la oferta de servicios audiovisuales, una acción condicionada hasta el momento -salvo para Telecom/Cablevisión que cuentan con una extensa red física en casi todo el territorio- para Telefónica y Claro.
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El decreto, al mismo tiempo que propone “generar condiciones de competencia y promover el desarrollo regional” critica la velocidad de los “trámites legislativos” frente “a la realidad dinámica del mercado”.
El nuevo instrumento legal establece que la participación en las nuevas señales no podrá ser menor al 20 por ciento, lo que beneficia a las empresas concentradas del sector, esto es Telecom-Cablevisión, Telefónica y Claro.
A su vez, el decreto 58/2019 modifica el artículo 11 de la Ley 27078. Esta norma, sancionada en noviembre de 2015, había declarado de interés público el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones y sus recursos asociados. En el citado artículo, se reservaba con carácter preferencial a la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales (ARSAT) una serie de frecuencias, que son las que ahora saldrán a licitación.
El decreto 58/2019 afirma en ese sentido, que “el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) asignará en forma directa a la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima AR-SAT las frecuencias que requiera para el cumplimiento de sus fines”.
Y agrega que “por lo tanto resulta necesario y urgente establecer medidas concretas a efectos de posibilitar que el ESTADO NACIONAL, conforme los procedimientos de asignación establecidos en el Decreto N° 1340/16 ponga a disposición de prestadores de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones las bandas de frecuencias consignadas en el Anexo II de la Ley N° 27.208, reservadas con carácter preferencial a la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANÓNIMA AR-SAT, de manera de promover su utilización para la prestación de los Servicios de Comunicaciones Móviles”.
Cabe recordar que durante la gestión del presidente Macri, el gobierno desguazó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual pocos días después de llegar a la Casa Rosada y congeló el programa satelital de ARSAT. Mientras que el año pasado, la Comisión de Defensa a la competencia aprobó la fusión de Telecom y Cablevisión, empresa que se transformó en la más grande del sector.
Se trata de una decisión que se produce luego del fracaso oficial de obtener en el periodo legislativo 2018 la aprobación de la Ley de Fomento de Despliegue de Infraestructura y Competencia TIC, conocida como “ley corta” o “Ley Telefónica”, debido a la oposición de sectores del peronismo a la privatización del espectro asignado a la estatal ARSAT, cuya ley (27208) obliga a debatir en el Congreso cualquier decisión que modifique el espectro “preferencial” asignado a ARSAT.
Con el decreto 1340/2016, el Gobierno abrió el camino para que las telefónicas ingresaran al mercado de los servicios audiovisuales y con la “ley corta” afianzaba aquella dirección, ya que a comienzos de año vencía el plazo para que las telefónicas comenzarán a ofrecer servicios audiovisuales a través de la cobertura satelital en todas las localidades del país de más de 80 mil habitantes.
La iniciativa oficial obtuvo media sanción del Senado en julio de 2018, pero la discusión quedó estancada en la Comisión de Comunicaciones de la Cámara baja y debía retomarse en este año. La norma con media sanción del Senado había introducido modificaciones al proyecto oficial y ampliaba los plazos para que las grandes empresas pudieran prestar servicios de radiodifusión y TV satelital en el interior hasta julio de 2020 para Buenos Aires, Córdoba y Rosario; hasta enero de 2021 en las ciudades de más de 100 mil habitantes; y hasta enero de 2022 en las localidades de menor densidad poblacional.
“Demorar decisiones que implican el tendido de redes y la incorporación de operadores regionales a la oferta de servicios móviles implicaría desigualdad competitiva entre los grandes y medianos operadores, así como privar a los consumidores de mayores opciones”, argumentó el Gobierno, que no esperó la reanudación del debate parlamentario. El DNU deberá ser aprobado ahora por la Comisión Bicameral, donde el oficialismo no tiene una mayoría asegurada.
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