El legislador provincial del Frente Cívico y del interbloque Cambiemos, Juan Pablo Quinteros, realizó dos presentaciones judiciales frente a las autorizaciones del ERSeP (Ente Regulador de Servicios Públicos) de aprobar los incrementos tarifarios solicitados por Epec. Los recursos fueron presentados contra la Resolución General 90/18 que “dio origen a un nuevo e inconstitucional incremento de tarifas” y, a la vez, “con esta acción se incumplió un acuerdo oportunamente homologado por la Justicia”.
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Quinteros señala que “se interpuso una Acción de Amparo en contra de la Resolución General 90/18 del ERSeP la que, en primer lugar, expresa que el incremento tarifario para los usuarios residenciales es del 12,14%, pero sucede que luego de analizar el cuadro tarifario y realizar simulaciones de consumos, los incrementos reflejados en las facturas superan claramente al establecido como tope máximo por la resolución cuestionada”.
Apunta que “esto significa, lisa y llanamente que EPEC solicita un aumento que luego es aprobado por el ERSeP y cuyo porcentaje es puesto en conocimiento y debatido en Audiencia Pública, peso sucede que al momento de confeccionar el cuadro tarifario, el mismo es superior, en su porcentaje, al solicitado, autorizado y comunicado. Lo expuesto es de tal gravedad que, de corroborarse lo expuesto, puede derivar en acciones judiciales de orden penal en cabeza de los directivos de EPEC”.
También efectuó una denuncia por el incumplimiento del acuerdo homologado en los Autos Caratulados “Quinteros, Juan Pablo c/Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) – Amparo” (iniciado el 10/04/2017) “donde se acordó que EPEC debe, cada inicio de año, si pretendiera aplicar la fórmula trimestral de ajustes tarifarios, ponerla a consideración en Audiencia Pública”.
Explica que “además, como parte del acuerdo logrado, se obligó al ERSeP a poner como tope de incrementos anuales de la tarifa la proyección de inflación que anualmente fija el BCRA. En caso de pretender incrementar las tarifas por encima de la meta fijada, deberán convocar a audiencia pública con dichos fines, para que los usuarios conozcan de manera fehaciente en que porcentaje superará el aumento a la inflación proyectada. Sobre esta presentación la Cámara Contencioso Administrativo de Segunda Nominación convocó a las partes a una audiencia que tendrá lugar este miércoles 6 de marzo a las 11:00”.
En ese sentido afirma que “en relación a la violación de acuerdo, advertimos que se reemplazó la fórmula trimestral por una nueva fórmula incorporando un elemento “novedoso” que se denomina “Factor de Corrección”: Esto no fue aprobada fehacientemente por el ERSeP, toda vez que el Ente expresó, al momento de su consideración en la Resolución General ERSeP N° 61/2018, lo siguiente: “…ARTÍCULO 4º: ESTABLÉCESE que, en relación a la autorización para la aplicación de la Fórmula de Adecuación Trimestral, considerando las variaciones de costos que pudieran producirse, en base a los factores determinantes de los mismos y conforme a la modificación propuesta por la EPEC; como así también en relación a la autorización para introducir un Factor de Corrección que procure el mantenimiento del equilibrio económico-financiero de la Empresa; el ERSeP podrá aprobar cada petición por Resolución del Directorio, examinando los elementos que se incorporen oportunamente…” ”.
Dice que “el accionar malicioso de EPEC respecto a sus aumentos tarifarios queda al descubierto haciendo sólo una cronología de los aumentos y con una simple operación matemática. La inflación que había proyectado el BCRA en el presupuesto para el 2018 fue del 15%, con lo cual, si mediante la aplicación de la fórmula se superara ese porcentaje, el ERSeP debió convocar a Audiencia Pública a fin de dar conocimiento de esto a los Usuarios. Los incrementos aprobados por el ERSeP en el 2018 por este mecanismo fueron: 2,24% para el primer trimestre, 3,89% para el segundo trimestre, 5,55% para el tercer trimestre y 12,14% para el cuarto trimestre, lo cual acumulado alcanza el 25,72% de incremento en 2018, muy superior a la meta del Banco Central, y por lo cual, según lo acordado se debió realizar Audiencia Pública y explicar esta situación a los usuarios”.
Finalmente expresó que “EPEC es una empresa absolutamente descontrolada; el ERSeP no cumple su función de regular la tarifa de manera clara y certera, garantizando los derechos de los usuarios; y el gobierno provincial no reconoce la debacle de la empresa de energía y sistemáticamente niega su descalabro financiero y su cada vez mayor nivel de desmanejo”.
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