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Balcones de Montecristo: la Justicia analizará compraventa de terrenos y publicidad prohibida

El ingreso al loteo Balcones de Montecristo.

El Juzgado Civil y Comercial de 34ª Nominación de la ciudad de Córdoba admitió como demanda colectiva, la presentación interpuesta por la Fundación Club del Derecho Argentina, representante de los adquirentes de terrenos del loteo “Balcones de Montecristo”. La contraparte es la desarrollista Asociación Mutual Cordobesa de Prestaciones y Servicios de la República Argentina; la propietaria del terreno de mayor superficie donde se emplaza la urbanización, Nela Veronesi de Magliano; y el corredor inmobiliario, Juan Carlos Ledesma.

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Mediante la demanda, la parte actora persigue la inscripción en el Registro de la Propiedad de la voluntad de vender el inmueble, el cumplimiento de los contratos de compraventa y la realización de las obras de infraestructura prometidas y no finalizadas.

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También exige el cese de publicidad ilícita, la nulidad de ciertas cláusulas contractuales consideradas abusivas y la aplicación de multas, junto a otras cuestiones. Entre las sanciones reclamadas se destaca una multa por 5.000.000 de pesos a favor de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor.

En este marco, la jueza Valeria Carrasco consideró que se pretende la tutela de los llamados “derechos de intereses individuales y homogéneos con incidencia colectiva”; y, que dentro de los sujetos involucrados pueden identificarse a los compradores o posibles compradores, así como a los “consumidores inmobiliarios” expuestos a la publicidad prohibida. Por tales motivos, ordenó el registro de la acción iniciada como “Acción Colectiva – Abreviada – Consumo”.

La magistrada dispuso, además, que este proceso se difunda entre quienes pueden encontrarse incluidos dentro del “colectivo” a fin de que comparezcan a la causa. Asimismo, ordenó a la Municipalidad de Montecristo que coloque en un lugar visible un anoticiamiento a los ciudadanos respecto del inicio y trascendencia del presente proceso.

También impuso a la desarrollista que publique en cada sucursal una comunicación visible que haga saber a los adquirentes de lotes de la urbanización mencionada que serán alcanzados por los efectos de la sentencia que se dicte.
Finalmente, la jueza Carrasco dispuso que se “rectifiquen” las publicidades tanto en las redes sociales, páginas web y clasificados de páginas de internet, como así también en la folletería, gráfica y cartelería con relación al loteo “Balcones de Montecristo”.

Concretamente, el tribunal dispuso que se supriman las leyendas que puedan inducir al consumidor a un error sobre la situación fáctica y jurídica del bien ofrecido, tales como “Lote Escriturado”, “todos los servicios (luz, agua, gas)”, “Spa, Solarium, Pileta climatizada, Deck, Senda salud”, “Etapa de alumbrado público terminada”. La resolución, finalmente, aclara que “en caso de contar con autorización municipal, deberán incluir en las publicidades tal circunstancia con clara referencia al número de ordenanza que se hubiere dictado”.

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