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Tarifazo de gas: Apelan decisión de Sánchez Freytes que quiere enviar la causa cordobesa a Junín

Los alemanes subsidiarán el consumo de gas. (Foto: Gentileza).

El tarifazo en Córdoba podría terminar en Junín.

La Pampa
Epec

El recurso de amparo presentado por Ciudadanos contra el Tarifazo en la provincia de Córdoba el 16 de septiembre del año pasado, debería ser considerado por la Justicia Federal en Junín, provincia de Buenos Aires, según una resolución que firmó el juez federal Alejandro Sánchez Freytes el viernes. La decisión del magistrado cordobés se basa en la acordada 32/14 de la Corte Suprema de Justicia, que determina la creación de un Registro Nacional de Actuación en Procesos Colectivos (demandas en defensa de derechos de alcance colectivo), y su reglamentación, establecida en una segunda acordada, la 12/2016.

Qué dice la reglamentación: “En las causas que se inicien a partir del primer día hábil del mes de octubre de 2016, en los supuestos comprendidos en la acordada 32/2014, los tribunales y las partes deberán adecuar su actuación al procedimiento previsto en esta reglamentación. (…) Quedan excluidos del presente Reglamento los procesos que se inicien en los términos de la ley 25.675, los que se regirán por las disposiciones contenidas en esa norma. Tampoco se aplicaran las previsiones del presente reglamento a los procesos colectivos que involucren derechos de personas privadas de la libertad o se vinculen con procesos penales”.

VER CSJ-Acordada 12-2016.

El objetivo de la acordada es evitar la multiplicación de reclamos judiciales con el mismo objeto en distintas jurisdicciones (provincias o ámbito nacional). Por ese motivo, el eje es juntar expedientes con la misma causa en el ámbito de la primera presentación. Sánchez Freytes, en este caso, consideró que la causa iniciada en el mes de agosto de este año por la Municipalidad de Leandro N. Alem en la provincia de Buenos Aires contra la resolución 74/2017 del Ente Regulador del Gas (ENARGAS) es prevalente y debe acumularse (juntarse) la iniciada el 16 de septiembre de 2016 en Córdoba.

Ayer, en comunicación con ENREDACCIÓN, el abogado e integrante de Ciudadanos contra el Tarifazo, Horacio Viqueira, dijo que “esto es un escándalo jurídico. (…) Se está privando a los ciudadanos del ejercicio pleno de sus derechos”. Hoy, a las 8.30, en tribunales federales, presentarán una apelación a la decisión del juez.

Viqueira adelantó que la organización presentará un recurso contra la decisión del juez. Explicó que “nosotros iniciamos la acción de amparo el 16 de septiembre de 2016 y la acordada de la Corte Suprema entró en vigencia en octubre. También hay diferencias importantes en el planteo (En Córdoba impugnamos la audiencia pública realizada en 2016 y que autorizó los incrementos, la resolución 212/16, que convalidad la nueva tarifa y el precio del millón de BTU en 6,80 dólares, y posteriormente la resolución 74/2017, que establece que a partir de abril de este año la tarifa se incrementa un 15%, otro 40% en octubre y finalmente un 30% en 2018; mientras que en Junín sólo se reclama contra la resolución 74/2017) y contra de quiénes está dirigida la demanda: aquí impugnamos la acción del Estado, no de la empresa Ecogas; en Junín, se impugnó también a la empresa Camuzzi Gas Pampeana, que es la distribuidora allí”.

También detalló que la apelación se sostiene sobre los siguientes puntos:

– “El juez indica que el registro le informó que el juicio de Junín tiene alcance nacional, sin embargo de acuerdo a la información que hemos reunido, el registro es exclusivamente para los usuarios del partido de Alem. En consecuencia, el dato utilizado por el juez es erróneo”.

-“Este juicio se acaba de iniciar en agosto y nosotros hicimos el primer planteo en septiembre del año pasado. Esto implica, que el nuestro es el primero.

-“También cuestionamos el objeto de la acción. El objeto de la acción en Junín está dirigida a cuestionar una sola resolución (la que fija los incrementos semestrales), nosotros a dos y, sobre todo, que la 212/16 es más importante dado que determina el valor del gas en boca de pozo (Este precio es el ordenador del sistema tarifario)”.

-“Por último, atacamos la identidad en el alcance del amparo y objeto y sujetos. Aquí no demandamos a Ecogas, litigamos contra el Estado. Ello lo han demandado a Camuzzi. Una de las condiciones para acumular dos causas es que haya “sustancial semejanza”. En estos casos hay una cantidad de elementos que son distintos”.

VER RESOLUCIÓN 212/16.

VER RESOLUCIÓN 74/2017 ENARGAS.

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