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Multan a Rappi por no dar de baja los datos personales de un exrepartidor

Imagen Ilustrativa.

La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales de la Agencia de Acceso a la Información Pública aplicó una multa de 80.000 pesos a la empresa de entregas a domicilio Rappi por “una infracción grave”, al haber negado a un exrepartidor el derecho de supresión de datos previsto en la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

La investigación se realizó a partir de la denuncia de una persona que había realizado entregas para la empresa, informó hoy esa dirección en un comunicado.

El denunciante decidió darse de baja de la aplicación y no realizó más envíos, pero seguía recibiendo correos electrónicos y mensajes en su celular.

Sin éxito, esta persona -cuya identidad fue preservada por las autoridades gubernamentales- reiteró el pedido en varias oportunidades hasta que decidió presentar una denuncia ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.

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“Desde febrero de 2020 vengo pidiéndoles que supriman mis datos de sus bases de datos, pero me siguen llegando SMS molestos con publicidad e incitándome a repartir”, explicó.

La DNDPD intimó a Rappi para que en el plazo de diez hábiles diera respuestas sobre por qué continuaba con el envío de mensajes y correos cuando ya se le había solicitado que cesara de hacerlo, y que acredite haber dado cumplimiento con la solicitud de supresión realizada por el denunciante.

En abril de 2020 la empresa le informó que debía seguir esperando que se actualice la base de datos. Luego de analizar el caso, con la firma del director nacional Eduardo Cimato, esa dependencia pública aplicó el 31 de marzo la sanción de 80.000 pesos por infracción grave.

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A su vez, recordó que la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales reconoce y garantiza los derechos de los titulares de datos personales. En caso de incumplimientos por parte de empresas u organismos, se puede realizar una denuncia.

En este contexto, la DNDPD determinó: “La conducta de Rappi de no haber dado curso al derecho de supresión ejercido por el denunciante encuadra en la comisión de una infracción grave consistente en ‘no atender en tiempo y forma la solicitud de acceso, rectificación o supresión de los datos personales objeto de tratamiento cuando legalmente proceda’”.

Tras conocerse la decisión, la empresa emitió un comunicado: “Desde Rappi enfatizamos nuestro compromiso con todas las legislaciones vigentes en la Argentina. Somos muy respetuosos con el marco normativo de todos los mercados donde operamos y, en línea con esto, resaltamos nuestro cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.326)”, indicaron.

Se trata de la primera vez que la empresa recibe una sanción del estilo. “En Rappi contamos con Términos y Condiciones y una Política de Privacidad que cumplen con la normativa vigente y están disponibles para todos los usuarios que utilizan la aplicación”, completaron.

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