La jueza de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 1ª Nominación de la ciudad de Córdoba, Soledad Vieites, autorizó a la madre de un niño de nacionalidad italiana a solicitar, en forma exclusiva, el pedido de nacionalidad argentina y la tramitación del documento nacional de identidad del niño en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
El trámite administrativo se había detenido porque se desconocía el paradero actual del progenitor. Desde fines de diciembre, el niño goza de estos derechos.
El niño H. T. M. nació en España en 2007 y obtuvo nacionalidad italiana por vía materna. Vivió un año en ese país, junto a su madre, M. H., que tenía doble nacionalidad argentina e italiana, y a su padre, A. F. T. M., de nacionalidad colombiana. La madre regresó al país junto al niño y una hermana de éste, con autorización del progenitor, quien prometió reencontrarse con el grupo familiar luego de resolver algunas cuestiones en España. Dicha promesa nunca se concretó, razón por la cual M. H. se hizo cargo de la crianza de sus hijos. En tanto, A. F. T. M. no tomó nunca más contacto con su esposa ni con sus hijos, quienes actualmente desconocen su paradero.
Durante once años, M.H. intentó infructuosamente por diferentes medios obtener la nacionalidad y documentación argentina para su hijo; pero siempre le exigían la autorización del progenitor para poder dar curso a esa solicitud.
Entonces, la mujer presentó durante la feria judicial de julio del año 2019 un pedido ante la Asesora de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género del 10° Turno, María Victoria Jalil Manfroni. Entre otras cuestiones, expuso los graves perjuicios que acarreaba esta situación a su hijo, actualmente con doce años, en el ejercicio de algunos derechos. Por ejemplo, la mujer expuso que sin documentación argentina no podría ser inscripto en la escuela secundaria.
Ante esta situación, la asesora requirió intervención jurisdiccional al Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 1° Nominación para que se regularice la documentación del adolescente. La asesora sostuvo que el pedido “no vulnera derecho alguno de los progenitores, sino que por el contrario redunda el interés superior del niño en cuestión dado que por carecer de dicha documentación se le restringen otros derechos fundamentales como el derecho al acceso a la educación”.
Por todo esto, el Juzgado Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 1ª Nominación ordenó al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que autorice, exclusiva y únicamente, a la madre del adolescente a realizar este trámite. Finalmente, H.T.M. obtuvo DNI argentino el 20 de diciembre de 2019.
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