El senador nacional Ernesto Martínez y el diputado nacional Luis Juez, del Frente Cívico / Juntos por el Cambio, presentaron una denuncia ante la Justicia Federal para que investigue cuántas vacunas llegaron y quiénes se vacunaron en la provincia. También indican que los funcionarios o legisladores que saltearon el orden de prioridades establecido en la resolución 2883/2020 del Ministerio de Salud de la Nación, incurrieron en “violación de los deberes de funcionario público” y en el delito de “no impedir la propagación de epidemias, en los términos del art. 205, Código Penal”.
El planteo judicial se produce luego que se conociera la existencia de un vacunatorio Vip en el Ministerio de Salud de la Nación.
A ello se suma, según un relevamiento de distintos medios durante el fin de semana, que aparecen como vacunados, entre otros, los siguientes funcionarios provinciales, legisladores, gremiales y directivos de otras instituciones:
-Diego Cardozo (ministro de Salud); Daniel Passerini (viceintendente); Sandra Belfiore (Coordinadora del área de inmunizaciones del Ministerio de Salud de la Provincia); Francisco Fortuna (legislador del PJ); Oscar González (legislador del PJ y presidente provisorio de la Legislatura); Marcelo Eslava (intendente de San Francisco del Chañar); y Rodolfo Rodríguez (director del Instituto Provincial de Investigación y Planificación Sanitaria).
-El legislador provincial, Aurelio García Elorrio también fue vacunados contra el COVID-19, pero indicó que lo hizo como docente universitario de la Facultad de Derecho.
De acuerdo a la información oficial de la provincia, “en esta etapa, el plan de inmunización está dirigido a profesionales de la salud en actividad vinculados con la atención crítica de pacientes Covid-19, a personas mayores residentes en geriátricos y docentes en actividad mayores de 60 años o que presenten comorbilidades”. Recién el martes 23 comenzará la vacunación a personas con más de 70 años. No figura entre las prioridades la vacunación de funcionarios y legisladores.
Reclaman Martínez y Juez una medida probatoria urgentísima: “Antes que la prueba sea destruida o relativizada en sus constancias, y previo a toda otra diligencia instructoria, solicitamos al Sr. Procurador Fiscal, se constituya, con orden judicial, en el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba, y proceda a obtener y custodiar copia autentica del listado de dosis de vacunas remitidas por la Nación a Córdoba; la numeración de los envases; los lugares donde eventualmente fueron redistribuidos y la identidad de las personas inoculadas, para verificar su adecuación a la prioridad dispuesta por la autoridad sanitaria nacional, como autoridad de aplicación, en la emergencia sanitaria”.
Señalan en la denuncia que el Ministerio de Salud de la Nación dictó la resolución 2883/2020, disponiendo el “Plan estratégico para la vacunación contra la Covid-19 en la República Argentina”.
Agregan que “es de conocimiento general que, una serie de funcionarios públicos, violentaron la resolución ministerial nacional, cuyo cumplimiento les incumbe, al vacunarse con la primera dosis de la inyección Sputnik V, salteándose deliberadamente, el orden conformado por la disposición 2883/2020, de cumplimiento obligatorio en toda la Nación”.
Dicen que “según rezan los considerandos de la disposición reglamentaria “la campaña de vacunación contra el Sars-Cov-2, constituye una estrategia de salud pública nacional, prioritaria, equitativa, solidaria y beneficiosa para el bienestar y la salud tanto individual como colectiva de nuestros ciudadanos”.
Siguen diciendo que “aquellas dosis que se birlan del plan contemplado en la resolución nacional, afectan la recta ejecución de disposiciones federales, agraviando al Estado Nacional, en su obligación constitucional de proveer a la salud pública”. En esa línea, razonan que “si una Provincia vacuna como quiere o a quien quiere, la facultad nacional de delinear una política general de salud ante una epidemia, se destruye y, frente a esa realidad, la Justicia Federal debe velar, por el recto cumplimiento de lo ordenado por el Estado Nacional”.
Aducen posteriormente que “si la distribución equitativa se rompe, como según se divulga, de manera pública y notoria, ocurre en Córdoba, se boicotea un plan nacional y, fundamentalmente el direccionamiento del gasto, con las prioridades decididas por el gobierno federal, en claro desmedro del erario nacional, pues el artículo 9 de la resolución 2883/20, impone que “el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será financiado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80-Ministerio de Salud, las partidas especiales que se asignen por Ley y, eventualmente, el aporte que se reciba por parte de Organismos Internacionales y de otras instituciones”.-
Martínez y Juez explican que “quedando fuera de discusión la competencia federal, para que la igualdad ante el derecho a la salud pública sea garantizada a toda la población y no a unos pocos privilegiados, procedemos a denunciar a todos los funcionarios públicos, -de cualquier poder del Estado nacional o provincial-, que cumpliendo sus obligaciones legales en la Provincia de Córdoba, hayan burlado el orden de prioridades contemplado en el anexo I de la resolución 2883/20, vacunándose antes que el común de la gente, incurriendo automáticamente en el delito de violación de los deberes de funcionario público, previsto y penado por el art. 248 C.Penal y en el ilícito de no impedir la propagación de epidemias, en los términos del art. 205, C.Penal”.
* Artículo modificado a las 16:30 del 22/2/2021.
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