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EPEC: el despido de cinco sindicalistas fue realizado con participación del ministro López

En las rondas testimoniales, el titular de EPEC, Luis Giovine, dijo que consultó al ministro Fabián López, pese a que por Ley, no corresponde.

El ministro de Servicios Públicos, Fabián López.

El ministro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, Fabián López, durante la presentación del anteproyecto de Marco Regulatorio de la Energía.

Los tiempos políticos del largo conflicto en la Empresa Provincia de Energía de Córdoba (EPEC), que está a punto de ingresar en su segundo año, han sido manejados por el gobierno provincial. Así lo dejó al descubierto, en dos declaraciones testimoniales en sede judicial, en el caso de las cesantías al margen de la ley de cinco sindicalistas de Luz y Fuerza, ocurridas el año pasado, el presidente de la compañía estatal, Luis Giovine. El funcionario afirma que “el ministro (Fabián) López no se opuso a los procedimientos y decisiones de la empresa” y que “todos los actos y procedimientos (…) estaban en conocimiento del ministro”. López es un funcionario de extrema confianza del gobernador Juan Schiaretti.

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El gobierno ya ha dejado en evidencia su participación en la política general de EPEC, disponiendo, en 2018, la aprobación de distintas leyes provinciales para derogar puntos del CCT, esquivando la discusión paritaria. Entre otras leyes impulsadas por el Poder Ejecutivo, se encuentran la eliminación de la bolsa de trabajo del sector, que regulaba los ingresos a la compañía; el cese del fondo compensador de jubilaciones; y la modificación del beneficio de recibir energía eléctrica gratuita.

Sin embargo, aquí, queda como co-impulsor de decisiones particulares, como la política anti-sindical decidida por el Directorio, siendo que el Estatuto Orgánico de EPEC (Ley N° 9087) deja la función de regular las relaciones laborales a la conducción empresaria. Y también lo muestra involucrado en “el día a día” de la empresa, cuando Giovine dice: “El ministro (Fabián López) estaba permanentemente al tanto de los hechos, informado por todo el Directorio en forma indistinta y la mía, particularmente”. Resulta llamativa tamaña cercanía cotidiana, siendo que EPEC es una empresa autárquica, esto es que maneja su propio presupuesto y no depende funcionalmente del Ejecutivo. Justamente la citada norma 9087 fija cinco puntos en los que sí interviene el gobierno, y que son, básicamente, los de política general, como por ejemplo, los marcos regulatorios del sector.

Los cesantías ilegales dispuestas por EPEC alcanzan a cinco trabajadores y dirigentes sindicales de Luz y Fuerza. Se trata de Mario Enrique Sariago (secretario de Organización, cuarto en la línea de mando de Luz y Fuerza), Cristian Luis Uguolini (vocal titular), Ulises Vladimir Montoya (vocal titular), Luis Eduardo Calderón (delegado), y Juan Domingo Altamirano (delegado). La compañía los acusa de agresión, amedrentamiento e insultos a Luis Giovine y Claudio Puertolas, presidente y gerente general, respectivamente, y por eso los despide.

El titular de EPEC, Luis Giovine.

De acuerdo a la denuncia, los hechos sucedieron el 1 de junio de 2018, cuando iba a desarrollarse una primera reunión entre la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza (FATLyF), los tres sindicatos de Luz y Fuerza con actuación en la provincia, y la EPEC, en la sede del Ministerio de Trabajo de la provincia. EPEC presentó un audio, del que se desconoce la procedencia, para tratar de justificar los despidos.

Se trata de un caso testigo, ya que EPEC cesanteó a los dirigentes sindicales sin haber solicitado el desafuero sindical que los protege. Es decir, actuó en sentido inverso a lo que corresponde. A su vez, el episodio por el que la empresa intenta cesantear a los sindicalistas se encuentra en litigio en la Justicia. En estos hechos interviene además la OIT, que analiza la denuncia de Luz y Fuerza contra EPEC por persecución sindical. Es que la estrategia desarrollada por la compañía eléctrica estatal aparece como violatoria del ejercicio sindical, que se limita o condiciona al desconocer la tutela que tienen los dirigentes sindicales para desarrollar su función. La tutela o fuero es como un “escudo” simbólico para que los representantes de los trabajadores no sufran limitaciones en su acción de representación. Por lo tanto, es un instituto que se elimina excepcionalmente y por razones muy fundadas.

Aquí, en tribunales, el abogado de Luz y Fuerza, Carlos Vicente, le pregunta a Giovine, en el caso del cuarto dirigente en orden de importancia de Luz y Fuerza, el secretario de Organización, Mario Enrique Sariago, “si participó en su carácter de presidente de EPEC de la decisión de producir la cesantía del Sr. Sariago”. El presidente de la empresa pública respondió: “Sí, participé favorablemente de la decisión, pero no acompañé la firma de la resolución que instrumenta el procedimiento.”

El edificio principal de EPEC en Córdoba. (Foto: Prensa Gobierno de Córdoba).

-¿Quiénes son las personas que participaron de la decisión de producir la cesantía de Sariago?, le repreguntó el asesor legal del sindicato.

-La decisión se tomó en el ámbito de las reuniones del Directorio en la que participa, como en este caso, el presidente, el vicepresidente y vocal del directorio, con la presencia del gerente general.

-¿La decisión de la cesantía fue consultada con el ministro Fabián López?

-Tanto el hecho motivo de la cesantía como todos los actos y procedimientos que llevaron al pedido de cesantía, estaban en conocimiento del ministro Fabián López.

-¿Cuál fue la conducta del ministro López, una vez que tomó conocimiento de los hechos que acaba de denunciar el testigo?

-El ministro López no se opuso a los procedimientos y decisiones de la empresa.

Mientras que en el trámite que se sustancia contra el delegado Altamirano, también admite que participó en la reunión del directorio que decidió la cesantía, que apoyó la moción, “pero no firmando el documento”. Luego explicó que “el ministro Fabián López estuvo en todo momento al tanto de los acontecimientos y en la decisión del directorio de la cesantía, compartiendo la decisión. El Ministerio tiene varias secretarías y entes, EPEC depende directamente del Ministerio; mi superior inmediato es el ministro López”.

El ministro Fabián López estuvo en todo momento al tanto de los acontecimientos y en la decisión del directorio de la cesantía, compartiendo la decisión. El Ministerio tiene varias secretarías y entes, EPEC depende directamente del Ministerio; mi superior inmediato es el ministro López”.

Además precisa que “el ministro estaba permanentemente al tanto de los hechos informado por todo el Directorio en forma indistinta y la mía, particularmente. Se le comunicó desde el Directorio, la decisión de la cesantía que el ministro compartió; no recuerdo si fui yo u otro miembro que habló. En la reunión del 1 de junio el ministro estaba citado, llegó con anterioridad a nosotros y fue partícipe de todos los hechos sucedidos”.

OTROS ANTECEDENTES

“Fueron suspendidos 7 empleados de le gerencia informática. No vamos a tolerar ningún hecho de violencia.  Esta empresa (EPEC) es de todos los cordobeses y las decisiones están a cargo del directorio, que fue designado por el Gobierno”, aseguró el ministro López, en una entrevista que le hizo Radio Mitre cuando los empleados de ese área se negaban a entregar claves y otros recursos de la sección en rechazo a la designación de un gerente importado de la ex-Kolector.

“El directorio es el que establece las políticas para llevar adelante la gestión. Que se tenga que pedir, por acta notarial, a los empleados para que entreguen las claves y recursos que se necesitan, es un hecho insólito”, señaló el funcionario ministerial.

QUÉ DICE LA LEY 9087

En el Título VIII, “Deberes y atribuciones del Directorio”, artículo 17, la Ley 9087, señala que “el Directorio tiene plenas facultades para organizar, dirigir y administrar La Empresa y para realizar todos los actos, obras, operaciones y contratos civiles, comerciales, financieros, administrativos y de cualquier otra índole que encuadre dentro del objeto de la misma, que se relacione con éste o tienda a su cumplimiento”.

Luego puntualiza que “en especial son deberes y atribuciones del Directorio las siguientes:

p) Nombrar y promover personal, reconvertir categorías, trasladar, acordar licencias y permisos, aplicar medidas disciplinarias, aceptar renuncias y remover al personal, disponiendo con respecto al mismo todas las medidas derivadas de la relación laboral, a cuyo fin deberá ajustarse a los pertinentes preceptos legales, reglamentarios y convencionales. Las designaciones del personal deberán hacerse según los planteles y Presupuesto General Anual, pudiendo asimismo nombrar personal transitorio fuera del plantel para la realización de trabajos determinados y temporarios, conforme a la autorización global contenida en el Presupuesto”.

Mientras que entre las pre-rogativas que quedan en manos del Ejecutivo, la ley índica de modo taxativo:

“j) Someter a aprobación del Poder Ejecutivo Provincial, lo siguiente:

1°) El Reglamento de Comercialización, el Reglamento de Compras y Contrataciones y todas las normas reglamentarias para su aplicación por La Empresa y por otros entes autorizados a ese fin.

2°) El Presupuesto General Anual que se integrará con el plan plurianual de inversión y con el cálculo de recursos financieros. El decreto de autorización contendrá las normas de ejecución, las que deberán contemplar la naturaleza particular de La Empresa. De igual forma se procederá para los reajustes y rectificaciones presupuestarias.

3°) Los convenios de compra venta de energía con otras Provincias y con el Estado Nacional.

4°) El Balance General Anual, Estados de Resultados, Notas y Cuadros Anexos.

5°) Todo otro asunto que por su naturaleza deba ser resuelto por dicha autoridad”.

Como se puede observar, en ninguno de los puntos señalados aparece la toma de decisiones relativas al manejo operativo de la EPEC.

VER Para poder despedir, EPEC busca utilizar en la Justicia una prueba de la que se desconoce su origen.

VER La OIT interviene en una dnuncia del Sindicato de Luz y Fuerza contra EPEC por persecución sindical.

VER EPEC “floja de papeles”: el video que muestra la protesta y la tranquila intervención policial.

VER Despido de cinco sindicalistas: ¿quién dice la verdad, EPEC o los policías que no denunciaron?

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