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El Senado sancionó la nueva ley de alquileres que extiende la vigencia de los contratos de dos a tres años

Imagen Ilustrativa. (Foto: Gentileza).

El Senado sancionó ayer la nueva ley de alquileres, que prevé beneficios para nueve millones de inquilinos de todo el país, en una nueva sesión virtual que la oposición abandonó por segunda vez en lo que va del mes, en desacuerdo con la inclusión de temas que entendió que no estaban vinculados a la pandemia de coronavirus.

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El oficialismo advirtió que, en medio de la emergencia sanitaria, “todos los temas son atravesados por la pandemia” y votó en soledad la nueva normativa para los contratos de locación, que contempla extender de dos a tres años el tiempo de alquiler y una flexibilización para la presentación de garantías.

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Durante la sesión también se sancionó la ley que regula la educación a distancia, implementada por las escuelas de todo el país desde que se inició el aislamiento social preventivo y obligatorio, y se aprobó y giró a la Cámara de Diputados una nueva normativa para la inscripción de sociedades comerciales.

En el cierre del debate, el jefe de los senadores del Frente de Todos, José Mayans, cuestionó a la oposición por haberse retirado de la sesión y afirmó que “no acompañan los temas que hacen a la emergencia” sanitaria.

“Se enojan porque trabajamos” y repiten “un relato lleno de mentiras y de obstrucción para socavar el esfuerzo del gobierno nacional” para mitigar los efectos de la pandemia, sostuvo Mayans poco antes de votar la nueva ley de alquileres.

Antes de desconectarse de la sesión, el jefe de los senadores de Cambiemos, Luis Naidenoff, había advertido que la oposición “siempre iba a poner un freno y un límite” a lo que calificó como “atropellos” del oficialismo por “cambiar la hoja de ruta en medio de las peores señales económicas”.

El senador aliado de Cambiemos, Juan Carlos Romero, aclaró que la oposición no se oponía a esa ley pero sí al hecho de incluirla en el temario de sesiones remotas cuando “no era una cuestión urgente” porque los inquilinos estaban contemplados en los decretos de suspensión de desalojos dictados por el Gobierno.

La de hoy fue la segunda ocasión en que la oposición abandonó una sesión virtual. La semana pasada, se retiró de la videoconferencia y frenó la aprobación de la ley de alquileres y de educación a distancia al no otorgar los dos tercios de los votos reglamentarios para habilitar el debate sobre tablas.

La nueva ley de alquileres sancionada ayer, había recibido media sanción de la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado y prevé flexibilizar las exigencias para inquilinos de todo el país al permitirles presentar dos opciones de garantía y extender los plazos del contrato de dos a tres años.

En representación del oficialismo, la senadora por Chubut Nancy González ponderó además que la ley le otorga también “posibilidades de acceder a vivienda social a mujeres víctimas de violencia de género y a jubilados y amplía garantías a quienes viven lejos de los grandes centros urbanos”.

>> LOS PUNTOS PRINCIPALES DE LA LEY DE ALQUILERES

-Los aumentos dejarán de ser semestrales y pasarán a ser anuales.

-La actualización del precio de los alquiler se guiará por un indicador que publicará el Banco Central. Estará conformado en partes iguales por el índice de precios al consumidor (IPC), que releva el Indec, y la variación salarial (Ripte), que elabora Anses.

-El mínimo de los contratos pasa de dos a tres años.

-Para las garantías se contemplarán nuevas opciones. El locatario deberá proponer al menos dos alternativas, que pueden ser un título de propiedad, aval bancario o seguro de caución, y el propietario elegirá una.

-Se reduce el depósito de garantía. Pasará a equivaler a un mes de alquiler, y cuando termina el contrato, la devolución deberá ser en el momento de la restitución del inmueble, y actualizada al valor del último mes de alquiler.

-La renovación de los contratos también tendrá cambios. La nueva ley introduce la obligatoriedad de acordar las condiciones de renovación con tres meses de anticipación, para que el inquilino tenga tiempo para buscar otra vivienda.

-Cambian los plazos para rescindir el contrato. En cualquier momento del primer año se podrá rescindir el contrato y como multa pagar un mes y medio de alquiler. En el segundo y tercer año se podrá rescindir con un mes de multa. Actualmente, no se podía rescindir dentro del primer semestre.

-Los contratos deberán ser inscriptos en la AFIP.

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