En un país como la Argentina, donde las palabras han perdido confianza conviene comenzar con algunas aclaraciones históricas.
El Lawfare es una expresión idiomática compuesta de 2 términos, Derecho (Law) y Guerra (Warfare) que muestra de que manera el instrumento jurídico puede ser utilizado para evitar impunidades en crímenes de guerra o crímenes de Lesa Humanidad.
Así nació el concepto de Lawfare, para evitar que jueces de Estados Naciones perdonaran o decidieran no juzgar crímenes de Lesa Humanidad o crímenes de guerra. Así pasó con Ruanda, Chile y la Vieja Yugoeslavia.
El Lawfare fue fundamento en la creación de la Corte Penal Internacional y un claro avance jurídico sobre los juicios de Núremberg. Sirvió de manera eficaz para juzgar y condenar a criminales de Lesa Humanidad como Milosevic y Pinochet.
En la actualidad, el Lawfare, es fundamento jurídico para abrir investigaciones por Crímenes de Lesa Humanidad en el caso de los asentamientos judíos en Palestina.
Esta idea noble de Justicia universal llega al continente americano y rápidamente se prostituye. El caso Lula es emblemático. La Justicia y el Derecho brasileño son usados como burdo instrumento de persecución del adversario político.
Rafael Valim, uno de los abogados de Lula, en la conferencia conjunta que tuvimos el 15 de julio, organizada por Astrea y Microjuris, cuenta con precisión de qué manera se violaron todas las garantías judiciales en el juicio contra Lula. Pero además agrega datos desconocidos por los argentinos, como por ejemplo que durante el Gobierno de Lula se sancionaron la mayoría de las normas procesales de lucha contra la corrupción. Rafael Valim aclara que la defensa de Lula no significa la defensa de la impunidad de la corrupción, sino la defensa de las reglas del Estado de Derecho en la lucha contra la corrupción.
También nos cuenta sobre un dato de enorme importancia judicial que es el de la composición de la Justica Federal de Brasil. Mayoritariamente de raza blanca, de género masculino, de clase alta y de pensamiento autoritario.
En el caso Lula, el Sistema Jurídico es usado como simple decorado para una persecución al adversario político. Lula fue juzgado y condenado en violación de las garantías procesales exigidas por los estándares internacionales de DD.HH. (Art.8 Convención Americana). Pero tan grave como la ausencia de garantías procesales de defensa es que en el Caso Lula se visibiliza claramente la existencia de una Justicia sometida al poder político de turno.
En Argentina las cosas son muy diferentes. El Lawfare entre nosotros funciona como sinónimo de protección jurídica al poder de turno o a los amigos del poder de turno.
El Informe del CIPCE del 2009 (Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica) muestra que un juicio por corrupción en Argentina dura 14 años y sólo tiene un índice de condena del 4%. Este es el Lawfare argentino.
En el caso Lula, el Lawfare funciona como un Sistema Jurídico que castiga al enemigo político. En Argentina el Lawfare funciona como un Sistema Jurídico que protege al amigo político.
La única similitud que existe entre el caso Lula y el caso Cristina, son los “Jueces del Poder” de los que Balzac hablaba en la Comedia Humana.
Los “Jueces del Poder” son jueces con un fino olfato político que saben antes que nadie por donde circulan los vientos del poder y van acomodando sus decisiones judiciales a los intereses del poder político de turno.
Jonathan Miller, profesor de la Southwestern University y experto en Justicia Argentina, siempre habla de la exuberancia interpretativa que hay en el Derecho argentino. Ello quiere decir que en Argentina, el Derecho se interpreta sin ningún tipo de límites. Son interpretaciones que sirven para hacerle decir a la Ley lo que quiera el intérprete.
Valga como ejemplo la tesis de la tercera instancia que se ha instalado en los Juicios por Corrupción y que llevaría a 20 años el plazo procesal en un juicio por Corrupción. Es decir impunidad.
Debe saberse que los Tratados de DD.HH. son la regla máxima de interpretación del Derecho argentino.
De manera particular 2 reglas: El plazo razonable para el juzgamiento de los delitos de corrupción y el derecho de las víctimas de la Corrupción (La sociedad) para lograr el recupero de los bienes robados.
La Resolución 1/18 de Bogotá de la Comisión Interamericana de DD.HH. declara que la corrupción es hoy la mayor violación a los DD.HH. en el continente americano. Y que las Justicias de los Estados americanos son absolutamente débiles para juzgar estos crímenes.
Como conclusión debe quedar claro que el Lawfare tiene 2 versiones igualmente malsanas en términos de Estado de Derecho. El Sistema Jurídico utilizado como instrumento de castigo al adversario político (Caso Lula) y el Sistema Jurídico utilizado como instrumento de impunidad para el amigo político (Caso Argentina).
Una Reforma Judicial en serio no debe limitarse a la reforma de los códigos. Se debe reformar un sistema de Justicia que quiere decir una política criminal y desplazar el peso de la persecución penal de los delitos de la pobreza hacia los delitos del poder. Solo así la sociedad recuperará confianza en la Justicia y en la Ley.
Ningún programa económico en la post Pandemia tendrá éxito, ni se logrará controlar la inflación, ni disminuir la pobreza, ni crear crecimiento económico si al mismo tiempo no se recupera confianza social en la Justicia. Y para ello hace faltan conductas ejemplares de los gobernantes y de los jueces y condenas ejemplares para los delitos del poder.
* Juan Carlos Vega es abogado y ex presidente de la Comisión de Legislación Penal de la HCDN.
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