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Violencia de género: “Roqué utilizó un plan sistemático para doblegar la voluntad de su ex pareja”

El Palacio de Tribunales II, en Córdoba.

 

El Palacio de Tribunales II, en Córdoba, donde funciona la Cámara Tercera.

A pocos días de que Sebastián Roqué fuera condenado por acosar a su ex pareja, la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de Córdoba dio a conocer los fundamentos de la sentencia. Roqué se encuentra detenido en la cárcel de Cruz del Eje, en el norte de Córdoba. En los fundamentos de la sentencia por “delitos de lesiones graves calificadas, coacción y violación de domicilio”, los jueces concluyeron que el imputado había desplegado “un plan sistemático para doblegar la voluntad de su ex pareja, con la intención de reanudar la relación”.

El tribunal –presidido por Alejandro Weiss e integrado por los vocales Ángeles Palacio de Arato y Gustavo Ispani- esgrimió que el asedio contra Cerquetti no tenía límites, “ya que el calvario vivido por la víctima se extendía a sus familiares cercanos, a quienes también hostigaba: los llamaba por teléfono y les enviaba servicios de reparto a domicilio y remises en los horarios más inverosímiles, aún cuando estaba preso”.

En este sentido, según los jueces, Roqué desarrolló una “doble estrategia”, que consistía en acosar a la víctima, menoscabar su condición de mujer, y, a la vez, “pegarle a la familia o amigos” con la intención de lograr, por medio de terceros, el sometimiento de su ex mujer a su voluntad.

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“Lo dicho -dice la Cámara- demuestra una indiferencia inaceptable para con el respeto elemental al ser humano; traumatizó sus vidas y creyó que su violencia, su agresividad y sus bravuconadas constituyen el camino para desenvolverse en sociedad”.

También consideró acreditado el daño psíquico causado por Roqué a su ex mujer. De acuerdo con los vocales, el hostigamiento ejercido por el acusado, generó “una disminución en la autoestima de la mujer con la intención de subordinar su voluntad para imponerle la reanudación del vínculo”.

“Provocó sobre la psiquis de la mujer, temor, inseguridad, y miedo, así como un permanente estado de zozobra y alteración. Estas acciones, finalmente, le ocasionaron a la víctima lesiones psicológicas, que derivaron en un trastorno por estrés postraumático, cuyas secuelas tienen entidad para producir daño psíquico grave, crónico y permanente”, describe.

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“El daño generado llega a tal extremo -concluye loes jueces-, que la víctima debe guardar en secreto su nuevo domicilio, ya que la aterroriza pensar que Roqué lo sepa, puesto que aún desde la cárcel se las arregla para seguir hostigándola”.

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