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Procrear Barrio Liceo: Desde hoy y hasta el 27 de agosto estará abierta la inscripción

Imagen ilustrativa.

Uno de los tipos de vivienda del barrio Liceo de la ciudad de Córdoba. Foto: Procrear.

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Córdoba Turismo 2024

El barrio Liceo tendrá, una vez que esté terminado, 1.733 viviendas de entre 60 y 85 metros cuadrados, que se levantarán con distintas tipologías. La Inscripción que se abre desde el 03/08/2017 y se extiende hasta el 27/08/2017. En esta oportunidad se para acceder a 203 viviendas de los sectores 13 y 14 del barrio. Dentro de ese total, habrá 5 viviendas aptas para personas con discapacidad. Los interesados deberán acreditar, entre otras condiciones, ingresos mínimos de 31.010 pesos.

La ubicación es sobre las calles Calixto Oyuela y Avenida Rancagua. Allí se construirán 400 casas, 400 dúplex y 933 departamentos de 1, 2 y 3 dormitorios. El terreno es de 82 hectáreas. Estas tierras pertenecían originalmente al Liceo Militar y fueron cedidas para convertirse en un barrio.

¿Quiénes pueden inscribirse? Todas las personas con domicilio en Córdoba Capital, que tengan alguno de los siguientes códigos postales: 5103, 5123, 5000, 5001, 5002, 5003, 5004, 5006, 5009, 5012, 5017, 5018, 5023, 5014, 5016, 5020, 5010, 5011, 5021, 5019, 5008, 5013 y 5022.

Para participar en los sorteos, los solicitantes deberán haber completado el “FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN” que tendrá carácter de Declaración Jurada. El formulario estará disponible en el micrositio de Internet de Procrear o en los lugares especialmente habilitados e informados en el mismo micrositio.

PARA INSCRIBIRSE, INGRESAR AL MICROSITIO DEL PROCREAR.

Las tipologías son las siguientes: Departamentos de 2 dormitorios; Dúplex 2 dormitorios; Vivienda unifamiliar 2 dormitorios discapacitados; Vivienda unifamiliar 2 dormitorios; Departamento en dúplex 2 dormitorios; y Departamento en dúplex 3 dormitorios.

DIEZ CONDICIONES CLAVE

1: Solicitantes: Exclusivamente personas físicas, que no hayan resultado beneficiados con planes de vivienda en los últimos DIEZ años.

2: Titularidad: Tanto el solicitante como su grupo familiar conviviente no deben tener bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como copropietarios al momento de iniciar el PROCESO DE INSCRIPCIÓN.

3: Identidad: Para Iniciar el trámite es requisito ineludible contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud (codeudores del crédito y cónyuges y “concubinos” en su caso). Bajo ninguna circunstancia se admitirán constancias de DNI en trámite.

4: Nacionalidad: Argentina o extranjera, con residencia permanente en el país.

5: Edad: Mínima 18 y Máxima 53 años para solicitantes con ingresos mensuales de hasta 3,5 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (8.860 pesos es el valor actual, por lo que 3,5 es igual a 31.010 pesos), y mínima 18 y máxima 62 años para quienes registren ingresos mensuales de entre 3,5 y 7 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (8.860 pesos es el valor actual, por lo que 3,5 es igual a 31.010 pesos y 7 representan 62.020 pesos). Dichos extremos deberán reunirse a la fecha de inscripción al SORTEO correspondiente.

6: Estado Civil: Acreditación del estado civil declarado, excepto estado civil soltero. En el caso de convivientes acreditación mediante el certificado de convivencia expedido por el Registro Civil o partida de nacimiento de los hijos en común u otra documentación que permita acreditar el vínculo y la convivencia.

7: Grupo Familiar: Se deberá presentar documentación que acredite la cantidad de hijos (libreta de matrimonio con la correspondiente inscripción o partidas de nacimiento). Asimismo, en caso de corresponder, se deberá adjuntar Certificado de Discapacidad.

8: Actividad Laboral: Ingresos demostrables de tipo habitual y permanente, producto de su trabajo personal. Incluye: Empleados en relación de dependencia fijos, Contratados (ya sea por tiempo indeterminado como por tiempo determinado), Becarios de Organismos Públicos del ámbito Nacional, Provincial o Municipal, Médicos Residentes, Personal bajo el régimen de Servicio Doméstico y Peones Rurales, independientes (Monotributistas y Responsables Inscriptos), Jubilados y Pensionados. No se admitirán ingresos provenientes exclusivamente de planes sociales o pensiones graciables.

9: Antigüedad Laboral: Registrar, como mínimo, DOCE (12) meses de antigüedad en la actividad (empleados e independientes). A los efectos de computar la continuidad de la antigüedad laboral, se considerará la fecha de ingreso al empleo anterior, siempre que entre la fecha de ingreso al empleo actual y la fecha de egreso anterior no hayan transcurridos más de SESENTA (60) días corridos y tenga en el empleo actual al menos TRES (3) meses de antigüedad. Para trabajadores/as independientes, la antigüedad laboral se establecerá considerando la fecha de inscripción al régimen de Monotributo o Ganancias, según corresponda. Se considera la continuidad laboral de empleados públicos que hayan pasado de una modalidad de contratación (siendo Monotributistas) a relación de dependencia o viceversa, durante el último año.

10: Ingreso Neto Mensual: Registrar ingresos netos mensuales demostrables del grupo familiar conviviente – solicitante y su cónyuge o conviviente, en su caso –de hasta 7 SMVM ($62.020). Los ingresos deberán acreditarse del siguiente modo:

(i) Empleados en relación de dependencia, mediante la presentación de recibos de sueldo,

(ii) Monotributistas, presentando constancia de inscripción en el Régimen de Monotributo,

(iii) Responsables Inscriptos, a través de la Declaración Jurada de Ganancias debidamente presentada,

(iv) Jubilados y Pensionados, mediante recibos de haberes.

En los supuestos (ii) y (iii) el tributo debe encontrarse abonado en sus respectivas fechas de vencimiento.

VER BASES Y CONDICIONES PROCREAR.

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