El barrio Liceo tendrá, una vez que esté terminado, 1.733 viviendas de entre 60 y 85 metros cuadrados, que se levantarán con distintas tipologías. La Inscripción que se abre desde el 03/08/2017 y se extiende hasta el 27/08/2017. En esta oportunidad se para acceder a 203 viviendas de los sectores 13 y 14 del barrio. Dentro de ese total, habrá 5 viviendas aptas para personas con discapacidad. Los interesados deberán acreditar, entre otras condiciones, ingresos mínimos de 31.010 pesos.
La ubicación es sobre las calles Calixto Oyuela y Avenida Rancagua. Allí se construirán 400 casas, 400 dúplex y 933 departamentos de 1, 2 y 3 dormitorios. El terreno es de 82 hectáreas. Estas tierras pertenecían originalmente al Liceo Militar y fueron cedidas para convertirse en un barrio.
¿Quiénes pueden inscribirse? Todas las personas con domicilio en Córdoba Capital, que tengan alguno de los siguientes códigos postales: 5103, 5123, 5000, 5001, 5002, 5003, 5004, 5006, 5009, 5012, 5017, 5018, 5023, 5014, 5016, 5020, 5010, 5011, 5021, 5019, 5008, 5013 y 5022.
PARA INSCRIBIRSE, INGRESAR AL MICROSITIO DEL PROCREAR.
Las tipologías son las siguientes: Departamentos de 2 dormitorios; Dúplex 2 dormitorios; Vivienda unifamiliar 2 dormitorios discapacitados; Vivienda unifamiliar 2 dormitorios; Departamento en dúplex 2 dormitorios; y Departamento en dúplex 3 dormitorios.
DIEZ CONDICIONES CLAVE
1: Solicitantes: Exclusivamente personas físicas, que no hayan resultado beneficiados con planes de vivienda en los últimos DIEZ años.
2: Titularidad: Tanto el solicitante como su grupo familiar conviviente no deben tener bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como copropietarios al momento de iniciar el PROCESO DE INSCRIPCIÓN.
3: Identidad: Para Iniciar el trámite es requisito ineludible contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud (codeudores del crédito y cónyuges y “concubinos” en su caso). Bajo ninguna circunstancia se admitirán constancias de DNI en trámite.
4: Nacionalidad: Argentina o extranjera, con residencia permanente en el país.
5: Edad: Mínima 18 y Máxima 53 años para solicitantes con ingresos mensuales de hasta 3,5 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (8.860 pesos es el valor actual, por lo que 3,5 es igual a 31.010 pesos), y mínima 18 y máxima 62 años para quienes registren ingresos mensuales de entre 3,5 y 7 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (8.860 pesos es el valor actual, por lo que 3,5 es igual a 31.010 pesos y 7 representan 62.020 pesos). Dichos extremos deberán reunirse a la fecha de inscripción al SORTEO correspondiente.
6: Estado Civil: Acreditación del estado civil declarado, excepto estado civil soltero. En el caso de convivientes acreditación mediante el certificado de convivencia expedido por el Registro Civil o partida de nacimiento de los hijos en común u otra documentación que permita acreditar el vínculo y la convivencia.
7: Grupo Familiar: Se deberá presentar documentación que acredite la cantidad de hijos (libreta de matrimonio con la correspondiente inscripción o partidas de nacimiento). Asimismo, en caso de corresponder, se deberá adjuntar Certificado de Discapacidad.
8: Actividad Laboral: Ingresos demostrables de tipo habitual y permanente, producto de su trabajo personal. Incluye: Empleados en relación de dependencia fijos, Contratados (ya sea por tiempo indeterminado como por tiempo determinado), Becarios de Organismos Públicos del ámbito Nacional, Provincial o Municipal, Médicos Residentes, Personal bajo el régimen de Servicio Doméstico y Peones Rurales, independientes (Monotributistas y Responsables Inscriptos), Jubilados y Pensionados. No se admitirán ingresos provenientes exclusivamente de planes sociales o pensiones graciables.
9: Antigüedad Laboral: Registrar, como mínimo, DOCE (12) meses de antigüedad en la actividad (empleados e independientes). A los efectos de computar la continuidad de la antigüedad laboral, se considerará la fecha de ingreso al empleo anterior, siempre que entre la fecha de ingreso al empleo actual y la fecha de egreso anterior no hayan transcurridos más de SESENTA (60) días corridos y tenga en el empleo actual al menos TRES (3) meses de antigüedad. Para trabajadores/as independientes, la antigüedad laboral se establecerá considerando la fecha de inscripción al régimen de Monotributo o Ganancias, según corresponda. Se considera la continuidad laboral de empleados públicos que hayan pasado de una modalidad de contratación (siendo Monotributistas) a relación de dependencia o viceversa, durante el último año.
10: Ingreso Neto Mensual: Registrar ingresos netos mensuales demostrables del grupo familiar conviviente – solicitante y su cónyuge o conviviente, en su caso –de hasta 7 SMVM ($62.020). Los ingresos deberán acreditarse del siguiente modo:
(i) Empleados en relación de dependencia, mediante la presentación de recibos de sueldo,
(ii) Monotributistas, presentando constancia de inscripción en el Régimen de Monotributo,
(iii) Responsables Inscriptos, a través de la Declaración Jurada de Ganancias debidamente presentada,
(iv) Jubilados y Pensionados, mediante recibos de haberes.
En los supuestos (ii) y (iii) el tributo debe encontrarse abonado en sus respectivas fechas de vencimiento.
VER BASES Y CONDICIONES PROCREAR.
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