La Justicia Federal procesó al empresario Nicolás Paladini, presidente de BioCom S.A., por el presunto de delito de aprovechamiento indebido de tributos. La causa se inició a partir de una denuncia de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La decisión fue tomada por el juez de primera instancia, Carlos Vera Barros del Juzgado Federal N° 3 de Rosario, luego de que la Cámara Federal de Apelaciones revocara la falta de mérito ordenada en primera instancia por el mismo juzgado. El magistrado le trabó también un embargo de $ 1.000.000 y la inhibición general de sus bienes.
Paladini es heredero de la principal empresa elaboradora de fiambres y embutidos del país, pero su actividad empresaria la desarrolla de modo autónomo a la empresa familiar, según informó la revista Noticias. Recibido de ingeniero Industrial, tiene diversas empresas como una aceitera en Córdoba, negocios en el shopping rosarino Fisherton Plaza y es propietario del supermercado que funciona dentro del centro comercial.
Sin embargo, el empresario saltó al conocimiento público a partir de sus incursiones en Bailando por un Sueño, el programa de Marcelo Tinelli, junto con su mujer, Rocío Guirao Díaz, en 2017. Paladini se convirtió allí en una especie de empresario hot y su cuenta en Instragram cosechó casi 500 mil seguidores. Si bien terminó renunciando, su paso por el programa le reportó una fama impensada. Ahora, quedó sumergido en este proceso judicial.
“La causa se inició a raíz de una denuncia de la AFIP contra la empresa BioCom. S.A por haber percibido indebidamente $ 1.800.000 en concepto de reintegros de exportación, por medio de la presentación de facturas apócrifas de supuestas operaciones con proveedores también apócrifos”, detalló el organismo recaudatorio a través de un comunicado de prensa.
De acuerdo a la denuncia, “la empresa operaba a través de un conjunto de sociedades y personas físicas que actuaban en el mercado de granos como productores y vendedores de cereal, para que la firma imputada computara crédito fiscal a su favor en las declaraciones juradas”.
A raíz de la investigación llevada a cabo por la AFIP en los últimos años, se concluyó que “estas firmas no contaban ni con capacidad operativa para realizar esas operaciones, ni con personal registrado en relación de dependencia, ni tampoco con bienes de uso a su nombre”.
El delito de aprovechamiento indebido de tributos tiene una pena de prisión de dos a seis años.
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