El concejal Juan Pablo Quinteros (Encuentro Vecinal) denunció que, a partir del 1 de enero de 2020, la tarifa de Aguas Cordobesas aumentará un 24,39%, fruto del pedido de actualización de 14,12%, más un incremento de 9% destinado a un nuevo fondo de infraestructura llamado FISAP (Fondo de Infraestructura para el Suministro de Agua Potable).
Afirma el concejal, que “aparecieron mágicamente, en la reunión de comisión de la Legislatura de Córdoba, cinco artículos extra en la Ley de Presupuesto anual, a través de los cuales se crea el FISAP”. El proyecto oficial indica que, lo recaudado en el FISAP, se destinará a “obras nuevas o preexistentes de infraestructura e inversiones vinculadas –directa e indirectamente– a la prestación del servicio de agua potable y de obras hídricas que permitan garantizar el suministro del mencionado servicio, en el ámbito de la ciudad de Córdoba”.
Quinteros expresa que “lo que hace el gobierno de Unión por Córdoba (UPC) es francamente increíble, ya que a mediados de 2018 se sancionó una ley para que las facturas de los servicios públicos sólo contengan lo relativo a los consumos y no se desvirtúen con otros cargos distorsivos. Sin embargo, en solamente un año cambian de opinión y, en la Ley de Presupuesto, crean el FISAP que hará aumentar la factura de Aguas Cordobesas un 9% entre enero y junio de 2020 y 16% entre julio y diciembre”.
Señala además que “ya se encuentra prevista una Audiencia Pública (el día 13 de diciembre) donde se va a dictaminar que a partir del 01 de enero la tarifa se incremente un 14,12%, con lo cual a partir del primer día del año venidero el agua en la ciudad de Córdoba se va a cobrar un 24,39% más cara”.
Explica que “este fondo se cobrará en las facturas del servicio que presta Aguas Cordobesas en la ciudad capital, lo que contradice de manera expresa lo legislado en mayo de 2018 por el artículo 1 de ley 10545. Es decir, no están cumpliendo con la citada Ley”.
Allí dice que “Las facturaciones que emitan los entes distribuidores o quienes fueran responsables de la facturación del cobro de prestaciones de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, agua y saneamiento, previa autorización del ente regulador del servicio o, en su defecto, del órgano con competencia tarifaria en materia de que se trate, deberán contener exclusivamente:
-a) El cargo por el consumo realizado por el usuario, calculado según el cuadro tarifario vigente al momento del consumo;
-b) Los cargos relacionados a la prestación del servicio previsto en los marcos regulatorios específicos;
-c) El cargo de la energía consumida para uso público de la comunidad que no podrá superar el diez por ciento de lo facturado por la energía suministrada a cada usuario conforme a lo dispuesto en el inciso a) del presente Artículo;
-d) Los subsidios que resulten aplicables; y
-e) El Impuesto al Valor Agregado e Ingresos Brutos, si correspondiere.”
Finalmente, asegura que “resulta inadmisible que utilicen algo tan esencial como es el servicio de suministro de agua potable para seguir recaudando a costa de los sufridos bolsillos de los usuarios. Que lo dibujen como quieran, lo cierto es que al usuario Aguas Cordobesas le vuelven a aumentar el servicio de manera desmesurada y obscena”.