A través del Decreto 1081/2024, publicado en el Boletín Oficial, el gobierno dispuso bajar a 18 años, la edad mínima para ser legítimo usuario de armas. La medida busca adecuar la normativa a las disposiciones actuales sobre la mayoría de edad, reconocida a partir de los 18 años.
En línea con los principios establecidos en el Código Civil y Comercial de la Nación, el Poder Ejecutivo Nacional modificó este martes la Ley Nacional de la Reglamentación N° 20.429, reduciendo la edad mínima para ser considerado legítimo usuario de armas y explosivos de 21 a 18 años.
Lo hizo a través del Decreto 1081/2424 publicado en el Boletín Oficial que lleva las firmas del presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. La medida busca adecuar la normativa a las disposiciones actuales sobre la mayoría de edad, reconocida a partir de los 18 años.
Según explicó el Poder Ejecutivo en los considerandos, la medida fue adoptada “a efectos de armonizar la legislación vigente”, debido a que el Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante la Ley N° 26.994 y sus modificatorias, establece en su artículo 25 que la mayoría de edad se alcanza a los 18 años.
En ese aspecto, se destacó que el inciso 1 del artículo 55 de la reglamentación de la ley 20.429, aprobada por el Decreto Nº 395 del 20 de febrero de 1975, todavía fijaba la edad de 21 años para adquirir la condición de legítimo usuario de armas, y que por ello se resolvió la sustitución de ese apartado.
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